Incorporamos el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid
Normatia integra el PGOU de Madrid con todas sus actualizaciones hasta 2025: normas zonales, régimen de usos, Factor Verde, accesibilidad y protección del patrimonio.
Introducción
El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) es, por la dimensión del municipio y el volumen de actividad constructiva que genera, uno de los instrumentos de planeamiento de mayor relevancia práctica para los técnicos que operan en España. Su consulta es obligada en cualquier proyecto situado en el término municipal de Madrid: determina la zonificación aplicable, las condiciones de edificación y los usos permitidos en cada parcela, con un nivel de detalle que no puede suplirse solo con el Código Técnico de la Edificación. Desde hoy, el PGOUM está disponible en Normatia con todas sus actualizaciones vigentes.
Aprobación, vigencia y actualizaciones
El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid fue aprobado definitivamente el 17 de abril de 1997, sustituyendo plenamente al plan anterior de 1985. Su vigencia es indefinida. El compendio normativo disponible en Normatia recoge todas las modificaciones y actualizaciones producidas desde la aprobación original hasta el 24 de septiembre de 2025, según se indica en la Nota Introductoria del plan.
Esta actualización continua es característica del PGOUM: a lo largo de casi tres décadas, el plan ha sido objeto de numerosas modificaciones puntuales que han adaptado su contenido a los cambios normativos, a las nuevas demandas urbanísticas y a los criterios de sostenibilidad introducidos más recientemente. Normatia incorpora el texto consolidado con todas estas modificaciones integradas.
Estructura del plan
De acuerdo con el Título 1. Disposiciones Generales, el PGOUM se compone de trece documentos principales, entre los que destacan:
- Memoria: justificación del modelo territorial adoptado.
- Normas Urbanísticas (NNUU): definición de las condiciones legales de uso y edificación.
- Planos de Ordenación: delimitan la zonificación del territorio y establecen alineaciones.
- Catálogos de Protección: regímenes específicos para el patrimonio histórico-artístico.
- Programa de Actuación y Estudio Económico-Financiero: instrumentos para la gestión y valoración de las actuaciones previstas.
Normas Zonales: cómo se organiza la edificación en Madrid
La edificación en suelo urbano se regula mediante Normas Zonales (NZ), que asignan a cada zona del municipio unas condiciones concretas de uso y edificación. La zonificación es el primer dato que debe verificarse en cualquier proyecto: determina qué norma zonal aplica a la parcela y, con ella, los parámetros de altura, edificabilidad, ocupación y usos permitidos.
Las normas zonales van desde la Norma Zonal 1 (que regula el tejido urbano del centro histórico) hasta la Norma Zonal 9 (aplicable a áreas industriales), con distintas graduaciones para cada tipo de tejido urbano. Las figuras de planeamiento que han modificado estas normas se recogen en el documento Figuras de Planeamiento que han Modificado las Normas Urbanísticas.
Régimen de usos: usos autorizables y ERIU
El Título 7. Régimen de los Usos establece la distinción entre usos permitidos, usos autorizables y usos complementarios. Los usos autorizables requieren la tramitación de un Estudio de Repercusión por Implantación de Usos (ERIU), que analiza la viabilidad del uso propuesto y su incidencia sobre el entorno. Esta figura es especialmente relevante en cambios de uso o en la implantación de actividades con impacto sobre la movilidad o el espacio público.
Los usos complementarios aportan diversidad funcional al edificio o al ámbito sin constituir el uso principal.
Aspectos clave para la edificación: Factor Verde y sostenibilidad
Una de las novedades más relevantes incorporadas al PGOUM en sus últimas actualizaciones es la integración del denominado Factor Verde, que fomenta la incorporación de cubiertas y fachadas verdes en la edificación existente y de nueva construcción. Se han integrado guías prácticas para su aplicación en el marco del planeamiento municipal.
Asimismo, el plan ha incorporado criterios específicos para la mejora energética y acústica de los edificios, y permite la instalación de torres de ascensores adosadas en fachadas, incluso en zonas verdes o vías públicas colindantes, cuando ello sea necesario para mejorar la accesibilidad de edificios existentes.
En materia de protección del patrimonio, los edificios catalogados en Nivel 1 (Singular) requieren la tramitación de un Plan Especial para cualquier ampliación, garantizando la máxima protección del elemento catalogado, conforme a los Acuerdos de la Comisión de Seguimiento.
Conclusión
El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid es un documento vivo que, desde su aprobación en 1997, ha incorporado numerosas modificaciones que reflejan la evolución normativa y urbanística del municipio. Su consulta en Normatia permite acceder al texto consolidado con todas las actualizaciones hasta 2025, estructurado por títulos y secciones para una navegación directa. Puede acceder al plan a través de la Nota Introductoria o directamente al Título 1. Disposiciones Generales.