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Disposiciones

Disposición Adicional Primera

El Órgano de Gestión Tributaria del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba adaptará las Ordenanzas Fiscales, al objeto de regular las bonificaciones sobre las tasas por expedición de las Licencias que sean consecuencia de la ITE, según lo establecido en el art. 155.6b) de la LOUA.

Disposición Adicional Segunda

VIMCORSA, establecerá ayudas públicas que podrán dirigirse a la realización de los informes de ITE por falta de medios económicos y ayudas a la conservación y a la rehabilitación en las condiciones que estime oportunas, entre las que podrá incluir la explotación conjunta del inmueble, según lo establecido en el art. 155.6a) de la LOUA. y se bonificarán las tasas por expedición de licencias mediante su inclusión en las ordenanzas Fiscales.

Disposición Adicional Tercera

La Gerencia Municipal de Urbanismo suscribirá convenios de colaboración con todos los Colegios Profesionales implicados en la gestión de la Inspección Técnica de la Edificación y, si lo considera oportuno, con entidades bancarias y aseguradoras, así como con cualesquiera otras entidades y asociaciones que muestren su interés en participar en el proceso de aplicación de esta Ordenanza

Disposición Adicional Cuarta

Se incorpora al Anexo el modelo de Ficha Técnica referida a los aspectos de accesibilidad de la edificación.

Los modelos de Informe de Inspección Técnica de la Edificación y de Ficha Técnica contenidos en al Anexo podrán ser completados y adaptados a la nueva normativa que pueda entrar en vigor con posterioridad a la aprobación de esta Ordenanza así como en función de las nuevas aplicaciones telemáticas, mediante el correspondiente acuerdo del órgano competente para ello, sin necesidad de modificar la presente Ordenanza.

Disposición Transitoria Única

Los expedientes en tramitación iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ordenanza conservarán los trámites realizados, efectuándose los siguientes de conformidad con lo dispuesto en la presente Ordenanza

Disposición Derogatoria Única

Queda derogada la Ordenanza reguladora de la Inspección Técnica de la Edificación, Ordenes de Ejecución de Obras de Mejora de la Edificación y Funcionamiento del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas o Inadecuadas y Anexos y Aprobación de la Delimitación del Área de la Ajerquía Norte de Córdoba (I.T.E.) como Zona para ser sometida al Control de la Conservación de Obras y Construcciones, aprobada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba en 13 de mayo de 2009.

Disposición Final Única

El Texto Refundido de la Ordenanza de Inspección Técnica de la Edificación, con las modificaciones aprobadas, entrará en vigor a partir del día siguiente de su completa publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.