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Anexo. Documentación complementaria a presentar junto al proyecto o memoria de las instalaciones

El proyecto o la memoria a presentar según corresponda en aplicación de la normativa técnica en vigor, con informe emitido por la persona responsable de la redacción que acredite el cumplimiento de la normativa exigible, se acompañara de la siguiente documentación complementaria:

  • - Acreditación de la identidad de la persona promotora y del resto de los agentes de la edificación.
  • - Descripción gráfica y escrita de la actuación y su ubicación, que incluirá la siguiente documentación:
    • · Detalle del tipo de instalación (para autoconsumo con o sin excedentes, acogida a compensación, etc.).
    • · Planos acotados del edificio y la instalación (alzado, sección, planta, etc.), donde se muestre el sistema de soporte, los captadores solares, ubicación del inversor/es, recorrido del cableado, cuadros de protección, etc.
    • · Justificación de la integración arquitectónica de la instalación, incluyendo simulaciones con fotografías, y justificando el cumplimiento de las ordenanzas municipales y las Normas Urbanísticas del PGOU, así como de los planes especiales y la normativa sectorial en su caso.
    • · Certificación de que no se producen reflejos molestos a los edificios del entorno.
    • · Certificación sobre la resistencia de la cubierta o base donde se sustentará la instalación y su estructura soporte (contrapesada, anclajes coplanarios, etc.), respecto a fenómenos atmosféricos (viento, etc.).
    • · Justificación de la accesibilidad a la cubierta y de las medidas de protección y seguridad para el montaje y mantenimiento de la instalación, así como la implantación de protecciones colectivas o individuales que impidan las caídas en altura de los trabajadores, tanto en la memoria como en los planos.
    • · Fichas técnicas de los paneles, inversores, etc.
    • · Presupuesto desglosado de la instalación y hoja resumen del Presupuesto de Ejecución Material (PEM).
    • · Memoria de Gestión de Residuos de la Construcción, cuando proceda según la normativa aplicable.
    • · Estudio o Estudio básico de Seguridad y salud, cuando proceda según la normativa aplicable.
  • - Documentación exigida por la normativa ambiental, cuando proceda.
  • - Plazo de inicio de la obra y medidas relacionadas con la evacuación de escombros y utilización de la vía pública.
  • - Los informes preceptivos o autorizaciones sectoriales exigibles por la normativa.

Tercero. Ordenar la publicación del texto integral de la Ordenanza de Captación Solar para Usos Térmicos en el Boletín Oficial de la Provincia, e insertar el texto aprobado en el espacio web oficial del Ayuntamiento de València, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril y por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, entrando en vigor la presente Ordenanza una vez que se haya publicado completamente su texto en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo de quince días hábiles que contempla el artículo 65.2.”