TÍTULO VI Base imponible
Artículo 8.
- 1. La base imponible del impuesto está constituida por el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra, entendiéndose por tal, a estos efectos, el coste de ejecución material de aquélla.
- 2. No forman parte de la base imponible, el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás impuestos análogos propios de regímenes especiales, las tasas, precios públicos y demás prestaciones patrimoniales de carácter público local relacionadas, en su caso, con la construcción, instalación u obra, ni tampoco los honorarios de profesionales, el beneficio empresarial del contratista ni cualquier otro concepto que no integre, estrictamente, el coste de ejecución material.
- 3. Para la determinación de la base imponible de la liquidación provisional, se aplicará lo siguiente:
- 3.1. El presupuesto presentado por los interesados, siempre que hubiera sido visado por el colegio oficial correspondiente cuando ello constituya un requisito preceptivo.
- 3.2. En caso de que no se presente el presupuesto previsto en el apartado 3.1. anterior, en función de los índices o módulos de costes que se indican a continuación, a cuyo efecto la fórmula general para el establecimiento, en este caso, de la base imponible, sería la siguiente:
Base Imponible = MBE x Ct x Ca x Cc x Sca
Donde:
MBE es el módulo básico de ejecución de edificación del Instituto Valenciano de Edificación, que se concreta en la cantidad de 685 €/m2 construido.
Ct es el coeficiente corrector en función del uso y la tipología, conforme a la regulación contenida en el R.D. 1020/93, de 25 de junio, y las normas técnicas de valoración de la Conselleria de Economía.
Ca es el coeficiente corrector de actuación, dependiendo del nivel de reforma que se realice, conforme a las normas técnicas de valoración de la Conselleria de Economía y las ponencias de valores catastrales.
Cc es el coeficiente corrector en función de la calidad de los materiales empleados.
Sca es la superficie construida de la actuación.
CUADRO DE COEFICIENTES PARA REFORMAS GENERALES DE LOCALES O VIVIENDAS.
Se considera reforma general a los efectos de esta ordenanza la realización de obras que afectan a todo el inmueble, local o vivienda, considerando por tanto toda la superficie construida a efectos de cálculo del presupuesto básico, encontrándose dentro de este supuesto los cambios de distribución, la sustitución de todos los revestimientos o instalaciones y las modificaciones de la envolvente, sin que llegue al nivel de actuación determinado como rehabilitación integral conforme la legislación técnica y urbanística.
Coeficiente por tipología y uso: Ct
USO Norma 20
Código
tipologíaRD 1020/93
Coeficiente Ct1 RESIDENCIAL 1 Viviendas colectivas 1.1.2.4 1,00 2 Viviendas unifamiliares aisladas o pareadas 1.2.1.4 1,25 3 Vivienda unifamiliar en línea o manzana cerrada 1.2.2.4 1,15 4 Edificación rural, (uso vivienda) 1.3.1.5 0,80 5 Edificación rural, anexos 0,40 6 Garajes, trasteros o locales en estructura, (en edificio de viviendas colectivas) 1.1.3.4 0,53 7 Garajes y porches en planta baja 1.2.3.4 0,65 2 INDUSTRIAL 1 Fabricación en una planta 2.1.1.5 0,50 2 Almacenamiento 2.1.3.6 0,35 3 Garajes y aparcamientos 2.2.2.4 0,40 4 Estaciones de servicio 2.3.1.5 1,20 3 OFICINAS 1 Oficinas 3.1.1.5 1,30 2 Sucursales bancarias 3.3.2.5 1,70 4 COMERCIAL 1 Locales comerciales y talleres 4.1.1.5 1,05 2 Galerías comerciales 4.1.2.5 1,15 3 Hipermercados y supermercados 4.3.2.5 1,15 5 DEPORTES 1 Locales cubiertos 5.1.1.5 1,30 2 Actividades al aire libre o en locales descubiertos 5.2.1.4 0,45 3 Espectáculos deportivos (estadios, plazas de toros, hipódromos etc.) 5.4.1.5 1,50 6 ESPECTÁCULOS 1 Salas polivalentes, de usos múltiples, ludotecas 6.1.1.4 1,35 2 Locales con música, Salas de fiesta, Discotecas, Pubs 6.2.2.5 1,40 3 Cines y Teatros 6.3.1.5 1,60 7 OCIO Y HOSTELERÍA 1 Hoteles, hostales, apartahoteles, apartamentos turísticos. 7.1.1.5 1,70 2 Bares, cafeterías, restaurantes 7.2.2.5 1,30 3 Bingos, Casinos y clubs sociales 7.3.1.5 1,70 8 SANIDAD Y BENEFICENCIA 1 Hospitales 8.1.2.5 1,90 2 Ambulatorios, Consultorios y Clínicas 8.2.1.5 1,50 3 Residencias, Asilos 8.3.1.5 1,60 4 Comedores sociales, Guarderías, Centros de día 8.3.2.5 1,25 9 CULTURALES 1 Colegios Mayores 9.1.2.5 1,70 2 Facultades, Colegios, Escuelas 9.2.1.5 1,25 3 Bibliotecas, Museos 9.2.2.5 1,45 10 EDIFICIOS SINGULARES De carácter oficial Administrativo 10.2.1.5 1,30 De carácter oficial Representativo 10.2.1.5 1,50 De carácter oficial Representativo Militares y varios 10.3.1.5 1,40 Coeficiente por tipo de actuación: Ca
Rehabilitación Integral:
Las obras de reforma se ajustan a lo estipulado como rehabilitación en el planeamiento o normativa municipal vigente, y en su defecto, cuando la cuantía económica de las obras supere el 75% de la cantidad que supondría realizar esa misma obra de nueva planta, y además sus características constructivas permiten suponer que en uso, función y condiciones de construcción se ha alcanzado una situación equivalente a su primer estado de vida. Coeficiente 1,00
Reforma total:
Las obras de reforma afectan a elementos fundamentales de la construcción suponiendo un coste superior al 50% e inferior al 75% de la cantidad que supondría realizar esa misma obra de nueva planta. Se entiende por elementos fundamentales de la construcción la estructura y la envolvente del edificio. Coeficiente 0,75
Reforma media:
Las obras de reforma afectan a fachada o algún elemento que supone alteración de las características constructivas, suponiendo un coste superior al 25% e inferior al 50% de la cantidad que supondría realizar esa misma obra de nueva planta. Se incluyen en este supuesto aquellas obras que afectan a la fachada y/o a la distribución de espacios interiores, a las instalaciones y/o a las cubiertas. Coeficiente 0,50
Reforma mínima:
Las obras de reforma afectan a elementos constructivos no fundamentales, suponiendo un coste inferior al 25% de la cantidad que supondría realizar esa misma obra de nueva planta. Se consideran elementos constructivos no fundamentales los revestimientos de paredes, suelos y techos, éstos últimos siempre que mantengan las mismas características acústicas que el anterior. Coeficiente 0,25
Coeficiente corrector por calidad de materiales empleados: Cc
Calidad Alta. Coeficiente 1,15
Nivel superior a las calidades determinadas como normales determinado por la presencia al menos, de alguno de los siguientes elementos:
Instalación o preinstalación de climatización por conductos.
Revestimientos de piedra natural, maderas exóticas, tarima maciza en más del 50 % de la superficie reformada.
Domótica/Inmótica: utilización de tecnologías aplicadas al control y automatización inteligente.
En viviendas, grado de electrificación de 6.000 W o superior.
Calidad Superior. Coeficiente 1,3
Nivel de terminación superior, caracterizado por la presencia de, al menos, 3 de los elementos citados en el caso de Calidad Alta.
En el supuesto de que las obras ejecutadas no se incluyan en ninguno de los dos niveles de calidad descritos, el coeficiente a tener en cuenta a efectos de la fórmula será el 1,00.
MÓDULOS Y COEFICIENTES PARA REFORMAS PARCIALES DE LOCALES O VIVIENDAS ASÍ COMO DE AMPLIACIONES.
Reformas Parciales:
Se considera reforma parcial aquella en las que se actúa en una o varias partes del local o vivienda, sin afectar a toda la superficie, como puede ser la reforma de la cocina, baño u otra estancia, así como la ampliación de superficie construida sin actuar en el resto del local o vivienda, o la sustitución de las instalaciones o carpinterías.
1 MÓDULO COCINA COMPLETA 1 Precio metro cuadrado 872,63 € 2 MÓDULO BAÑO COMPLETO 1 Precio metro cuadrado 796,44 € 3 REFORMAS PARCIALES DE LOS MÓDULOS ANTERIORES 1 Cambio de instalación eléctrica
Cocina, precio por metro cuadrado83,38 € 2 Cambio de instalación eléctrica
Cocina, precio por metro cuadrado64,23 € 3 Sustitución revestimientos Cocina, precio por metro cuadrado de
superficie de cocina230,74 € 4 Sustitución mobiliario Cocina, precio por metro cuadrado de
superficie de cocina494,27 € 5 Cambio de instalación eléctrica Baño, precio por metro cuadrado
de superficie de baño95,48 € 6 Cambio de sanitarios Baño, precio por metro cuadrado de
superficie de baño453,33 € 7 Sustitución revestimientos Baño, precio por metro cuadrado de
superficie247,60 € 4 CAMBIO DE CARPINTERÍAS 1 Cambio carpintería interior 271,00 €/unidad 2 Cambio puerta de entrada 410,50 €/unidad Ampliaciones:
La fórmula general para obtener el presupuesto básico a efectos de la base imponible será la siguiente:
Donde:
Sam Superficie construida de ampliación.
MAV Módulo de ampliación vivienda: 452,25 €/m2.
MAL Módulo de ampliación locales: 452,25 €/m2.x Ct.
En el caso de ampliación de locales dicho importe deberá multiplicarse por el coeficiente de tipología y uso correspondiente. (Ct).
MÓDULO DE REFORMA DE RESTO DE ESTANCIAS DE VIVIENDA.
Módulo de reforma de otras estancias: 151,51 €/m2
MÓDULO DE URBANIZACIÓN, JARDINERÍA Y PISCINAS EN INTERIOR DE PARCELA.
MÓDULOS URBANIZACIÓN INTERIOR Y JARDINERÍA 1 Urbanización interior 66,33 €/m² 2 Jardinería 54,27 €/m² 3 Piscina al aire libre sin climatizar 528,42 €/m² MÓDULOS PARA REFORMAS EN ELEMENTOS COMUNES DEL EDIFICIO.
Fachadas:
Módulo Reparación fachadas: 62,81 €/m2
Comprende el saneado, limpieza y pintura de fachadas protectora de humedad, así como rejuntado de grietas con resinas epóxicas, picado del enfoscado deteriorado, restauración del mismo, reparación de molduras en cornisas o aleros e impostas de balcones y miradores, incluso parte proporcional de andamiajes con todos sus elementos, montaje, desmontaje, transporte, mano de obra, ayudas y medios auxiliares.
Módulo Limpieza y pintado de fachada: 19,08 €/m2
Comprende la limpieza y pintura de fachada, incluyendo la parte proporcional de andamiaje, alquiler, montaje desmontaje y transporte.
Cubiertas:
Módulo reparación cubierta de teja: 144,10 €/m2
Comprende la reparación parcial de cubierta de teja (en un 25 %), incluso el tablero de cabios o viguetas y cerámica maciza, la colocación o cambio de tejas rotas por otras nuevas, con retirada y carga de escombros, sin transporte a vertedero.
Módulo retejado cubierta de teja: 34,76 €/m2
Comprende el retejado de cubierta de teja tipo árabe.
Zaguanes:
Módulo de reforma de zaguanes: 151,51 €/m2 x 1,15 = 174,24 €/m2
MÓDULOS PARA DERRIBOS Y VALLADOS
DESCRIPCIÓN Descripción
tradicional
(Fábrica ladrillo
madera)Hormigón
ArmadoMetálica /
Mixta1 M² Edificio de 1 ó 2 plantas 29,76 € 37,43 € 29,82 € 2 M² Edificio de 3 plantas 32,57 € 39,88 € 30,74 € 3 M² Edificio de mas de 4 plantas
...34,79 € 42,74 € 34,57 € 4 M² Nave Industrial 20,91 € 23,33 € 20,91 € Hasta 20 ml Más de 20
ml5 ML Vallado frente a vía Pública . 137,74 € 107,07 € En caso de existir sobre una parcela diferentes edificaciones o naves, el cálculo será el sumatorio de las mismas.
En los metros cuadrados de superficie de techo edificado, se deben incluir sótanos, casetones y edificaciones auxiliares.
Los metros lineales de longitud de vallado a vía pública, se refieren al realizado sobre la línea de edificación demolida.
En caso de que la construcción no se asimilase a los tipos definidos, se aportará el Presupuesto de Ejecución Material, del proyecto de ejecución.
- 4. Cuando no resulte factible ninguno de los métodos establecidos en los apartados anteriores, la base imponible se determinará en función del presupuesto presentado por el interesado, tomando como base de comparación los precios indicados por el Instituto Valenciano de la Edificación.