Disposiciones
Disposición adicional.
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería competente, procederá a la revisión y señalización adecuada de todas las vías pecuarias de la Comunidad de Madrid con hitos o mojones de piedra que deberán llevar la indicación «Cda», a fin de lograr la necesaria homogeneización en los criterios de señalización.
Disposición transitoria primera.
Las vías pecuarias y los terrenos de las mismas que con arreglo a la Ley 22/1974, de 27 de junio, de Vías Pecuarias, y su Reglamento aprobado por el Decreto 2876/1978, de 3 de noviembre, hubieran sido declarados sobrantes o innecesarios, pero no se hubieran llegado a enajenar, conservarán su carácter demanial. Sus usos serán los que se determinen en el plan de uso y gestión.
Disposición transitoria segunda.
Durante el plazo establecido para la clasificación de las vías pecuarias por la Consejería competente, se suspenderá la resolución de procesos de desafectación.
Disposición final primera.
En lo no previsto en esta Ley será de aplicación la Ley del Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
Disposición final segunda.
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Consejo de Gobierno aprobará el Reglamento de desarrollo de la misma, previa consulta al Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
Hasta tanto no se haya aprobado dicho Reglamento, será de aplicación la normativa vigente en materia de procedimiento administrativo en la Comunidad de Madrid.
Disposición final tercera.
La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», debiendo, asimismo, publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
Disposición final cuarta.
En el plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, la Consejería competente clasificará las vías pecuarias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a los Tribunales y autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.
Madrid, 15 de junio de 1998.
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN,
Presidente