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EXPOSICION DE MOTIVOS

El Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado por el Gobierno en Consejo de Ministros el 17 de marzo, a través del Real Decreto 314/2006, y publicado en el BOE número 74, de 28 de marzo, en vigor plenamente a fecha de hoy, representa el nuevo marco normativo que regula la edificación en nuestro país. Da cumplimiento a los requisitos básicos de la LOE y armoniza nuestro marco legal con diversas Directivas europeas.

El nuevo CTE- afecta a los nuevos edificios y también a las próximas rehabilitaciones y se aprueba atendiendo la demanda de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE), que establece los requisitos básicos siguientes:

  1. 1. Los relativos a la funcionalidad (utilización, accesibilidad y acceso a los servicios de telecomunicación, audiovisuales y de información).
  2. 2. Los relativos a la seguridad (estructural, en caso de incendio y de utilización).
  3. 3. Y los relativos a la habitabilidad (higiene, salud y protección del medio ambiente, protección contra el ruido, ahorro de energía y aislamiento térmico y otros aspectos funcionales).

    El CTE establece nuevos requisitos prestacionales, buscando unos mínimos que deben ser cubiertos y garantizados. Estructurado en dos partes principales –habitabilidad y seguridad-, marca seis normativas de obligado cumplimiento:

    1. a) seguridad estructural
    2. b) seguridad en caso de incendio
    3. c) seguridad de utilización
    4. d) salubridad
    5. e) protección contra el ruido
    6. f) ahorro de energía

      Así pues, procede armonizar el contenido de la Ordenanza Municipal de Edificación del Ayuntamiento de Murcia, aprobada por Acuerdo de Pleno de de 1977, con las nuevas exigencias técnicas derivadas de dicho Real Decreto, en aquéllos aspectos por éste regulados, así como con la normativa urbanística y medioambiental actualmente en vigor.

      En su virtud, la Ordenanza Municipal de Edificación y Uso del Suelo queda redactada en los términos siguientes: