Disposición Final.
Esta Ordenanza, de conformidad con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y no entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la citada Ley.