EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con la finalidad de adecuar el ordenamiento jurídico español a la normativa de la Unión Europea en materia de residuos, se promulgó la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, a través de la cual se pretende, además, y como establece su exposición de motivos, "contribuir a la protección del medio ambiente coordinando la política de residuos con las políticas económica, industrial y territorial, al objeto de incentivar su reducción en origen y dar prioridad a la reutilización reciclado y valoración de los residuos sobre otras técnicas de gestión". La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura confirma su determinación de mantener y mejorar, en la medida de sus posibilidades, el mandato dado en la normativa de ámbito nacional y europeo, promulgando el decreto 20/2011, de 25 de febrero, que establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Este nuevo marco de regulación implica por tanto, a todas las administraciones públicas, cada una en el ámbito de sus respectivas competencias. Por lo que se refiere a la Administración Local, como en el texto de la Ley se indica, "algunas de las obligaciones que esta Ley impone a las entidades locales en materia de residuos, suponen una modificación del régimen general establecido en la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Así, se atribuye forma genérica a las entidades locales, como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y la eliminación de los residuos urbanos, mientras que en la actualidad solo existe esta obligación para municipios de más de 5.000 habitantes."

Por su parte el decreto de la comunidad establece en su exposición que "el espíritu del presente decreto debe ir encaminado al establecimiento y repercusión de los costes de la gestión de los residuos sobre quienes los generan, así como al establecimiento de instrumentos para la reducción en origen, tanto en volumen como en peligrosidad, al reciclado y la valorización de los residuos de construcción y demolición, al establecimiento de canales de colaboración entre la Administración y los responsables de la generación de residuos, al respeto de las competencias en materia de residuos de las entidades locales y al fomento de la colaboración y coordinación con estas". Es este, precisamente, el objetivo de la presente Ordenanza, la regulación del procedimiento de autorización de entrega de determinados residuos urbanos, y la correcta gestión de los desechos de todo tipo, incluidos los que componen el objeto de esta norma los residuos procedentes de actividades de construcción y demolición.