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ANEXOS.

Anexo I. Clasificación de los materiales con amianto, MCA, y calendario de retirada.

Elaborado el Informe Técnico de Localización y Diagnóstico (ITLD) preceptivo por técnico competente, en caso de constatarse la existencia de amianto se indicará el nivel de riesgo del material en función de sus características (friable o no, accesible a usuarios, variedad, grado de exposición, estado, etc.) clasificándose tres posibles grados:

  1. 1. Grado alto: materiales con amianto que presenten alguna de las siguientes características:
    • - fibras desprendidas (friable)
    • - accesible a los usuarios
    • - contiene variedades de alto riesgo (presencia de anfíboles)
    • - estado del material deteriorado o con roturas.
  2. 2. Grado medio: materiales con amianto en estado íntegro, sin signos de deterioro o roturas, no incluidos en las casuísticas de los grados alto o bajo.

    Se incluirán en este nivel los elementos censados de manera provisional hasta su determinación por el informe Técnico de Localización de Diagnóstico (ITLD).

  3. 3. Grado bajo: materiales con amianto confinados por elementos constructivos o enterrados (tuberías).

    Además, se indicará su peligrosidad por vulnerabilidad según su entorno entre los siguientes tipos:

    1. A. TIPO I: entornos con presencia de menores (centros educativos, centros deportivos y zonas de juegos).
    2. B. TIPO II: centros sanitarios, residencias geriátricas y edificios públicos.
    3. C. TIPO III: edificios residenciales y de otros usos.

      Como resultado de la combinación del grado y tipo otorgados, se clasificará la prioridad del elemento para su retirada según la tabla siguiente:

      PRIORIDAD DE RETIRADA Por características del materialcon amianto
      Alto Medio Bajo
      Por vulnerabilidaddel entorno Tipo I Centros educativos 1 2 4
      Centros deportivos
      Zonas de juego
      Tipo II Edificios sanitarios 1 2 4
      Edificios de servicios públicos
      Tipo III Edificios residenciales 1 3 4
      Edificios de otros usos

      Atendiendo a la clasificación previa, se establece el calendario de retirada siguiente:

      Prioridad 1: deberán proceder a la retirada de los materiales con amianto (MCA) con anterioridad al 31/12/2026.

      Prioridad 2: deberán proceder a la retirada de los materiales con amianto (MCA) con anterioridad al 31/12/2028.

      Prioridad 3: deberán proceder a la retirada de los materiales con amianto (MCA) con anterioridad al 31/12/2032.

      Prioridad 4: deberán proceder a la retirada de los materiales con amianto en el momento de la realización de cualquier obra de reforma o rehabilitación, tanto del edificio como de cualquiera de sus partes, o de obras de urbanización que afecten a estos materiales o les hagan perder su confinamiento.

Anexo II. Calendario para la realización de los Informes Técnicos de Localización y Diagnóstico, ITLD.

Los edificios incluidos en el censo de cubiertas con amianto, a tenor de su año de construcción quedarán obligados a la presentación del Informe Técnico de Localización y Diagnóstico (ITLD) en los siguientes plazos:

Año de construcciónPlazo de realización del informe
Anterior a 1941 y servicios públicosAntes de 31/12/2025
1942-1953Antes de 31/12/2026
1954-1962Antes de 31/12/2027
1963-1969Antes de 31/12/2028
1970-1980Antes de 31/12/2029
Desde 1981Antes de 31/12/2030

Anexo III. Inspección técnica de edificios. Declaración de posibilidad de contener amianto.

FICHA: Inspección técnica de edificios. Declaración de posibilidad de contener amianto
FICHA: Inspección técnica de edificios. Declaración de posibilidad de contener amianto

Anexo IV. Solicitud de inscripción en el registro de informe de amianto, ITLD.

FICHA: Solicitud de inscripción en el registro de informe de amianto, ITLD
FICHA: Solicitud de inscripción en el registro de informe de amianto, ITLD