ANEXOS.
Anexo I. Clasificación de los materiales con amianto, MCA, y calendario de retirada.
Elaborado el Informe Técnico de Localización y Diagnóstico (ITLD) preceptivo por técnico competente, en caso de constatarse la existencia de amianto se indicará el nivel de riesgo del material en función de sus características (friable o no, accesible a usuarios, variedad, grado de exposición, estado, etc.) clasificándose tres posibles grados:
- 1. Grado alto: materiales con amianto que presenten alguna de las siguientes características:
- - fibras desprendidas (friable)
- - accesible a los usuarios
- - contiene variedades de alto riesgo (presencia de anfíboles)
- - estado del material deteriorado o con roturas.
- 2. Grado medio: materiales con amianto en estado íntegro, sin signos de deterioro o roturas, no incluidos en las casuísticas de los grados alto o bajo.
Se incluirán en este nivel los elementos censados de manera provisional hasta su determinación por el informe Técnico de Localización de Diagnóstico (ITLD).
- 3. Grado bajo: materiales con amianto confinados por elementos constructivos o enterrados (tuberías).
Además, se indicará su peligrosidad por vulnerabilidad según su entorno entre los siguientes tipos:
- A. TIPO I: entornos con presencia de menores (centros educativos, centros deportivos y zonas de juegos).
- B. TIPO II: centros sanitarios, residencias geriátricas y edificios públicos.
- C. TIPO III: edificios residenciales y de otros usos.
Como resultado de la combinación del grado y tipo otorgados, se clasificará la prioridad del elemento para su retirada según la tabla siguiente:
PRIORIDAD DE RETIRADA Por características del materialcon amianto Alto Medio Bajo Por vulnerabilidaddel entorno Tipo I Centros educativos 1 2 4 Centros deportivos Zonas de juego Tipo II Edificios sanitarios 1 2 4 Edificios de servicios públicos Tipo III Edificios residenciales 1 3 4 Edificios de otros usos Atendiendo a la clasificación previa, se establece el calendario de retirada siguiente:
Prioridad 1: deberán proceder a la retirada de los materiales con amianto (MCA) con anterioridad al 31/12/2026.
Prioridad 2: deberán proceder a la retirada de los materiales con amianto (MCA) con anterioridad al 31/12/2028.
Prioridad 3: deberán proceder a la retirada de los materiales con amianto (MCA) con anterioridad al 31/12/2032.
Prioridad 4: deberán proceder a la retirada de los materiales con amianto en el momento de la realización de cualquier obra de reforma o rehabilitación, tanto del edificio como de cualquiera de sus partes, o de obras de urbanización que afecten a estos materiales o les hagan perder su confinamiento.
Anexo II. Calendario para la realización de los Informes Técnicos de Localización y Diagnóstico, ITLD.
Los edificios incluidos en el censo de cubiertas con amianto, a tenor de su año de construcción quedarán obligados a la presentación del Informe Técnico de Localización y Diagnóstico (ITLD) en los siguientes plazos:
| Año de construcción | Plazo de realización del informe |
|---|---|
| Anterior a 1941 y servicios públicos | Antes de 31/12/2025 |
| 1942-1953 | Antes de 31/12/2026 |
| 1954-1962 | Antes de 31/12/2027 |
| 1963-1969 | Antes de 31/12/2028 |
| 1970-1980 | Antes de 31/12/2029 |
| Desde 1981 | Antes de 31/12/2030 |
Anexo III. Inspección técnica de edificios. Declaración de posibilidad de contener amianto.
Anexo IV. Solicitud de inscripción en el registro de informe de amianto, ITLD.