Normativas Precios Blog

Capítulo VII.- Funcionamiento de la planta.

Artículo 26. Prevención de riesgos laborales

De conformidad con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/95, y el Reglamento de los Servicios de Prevención, R.D. 39/97, se elaborará una Evaluación de Riesgos de la cual derivará el correspondiente Plan de Emergencias.

En la Evaluación de Riesgos se detallarán los riesgos previsibles como consecuencia de las actividades a desarrollar y del entorno, se estudiará la forma de evitarlos y se señalarán las medidas preventivas adecuadas. Se tratarán los temas siguientes:

formación e información a los trabajadores y trabajadoras, protecciones individuales y colectivas, señalización, interferencias entre distintos trabajos, medicina del trabajo, normas de primeros auxilios, iluminación, prevención de incendios, etc.

En el Plan de Emergencias se identificarán las posibles situaciones de emergencia y se detallarán las actuaciones a seguir en cada caso.