LegalUrbanismo

Plan General de Ordenación Urbana de Santa Coloma de Gramenet

Plan General de Ordenación Urbana de Santa Coloma de Gramenet, aprobado en 1976. Regula el uso del suelo y la edificación en el municipio.

Normativa municipal

De aplicación en Santa Coloma de Gramenet (Barcelona, Cataluña).

123.981 habitantes · 7 km²

Datos de proyecto en Santa Coloma de Gramenet

Versiones de la norma

1 versión

Normativa Urbanística del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Coloma de Gramenet

Vigente

Instrumento municipal de planeamiento urbanístico que regula el uso del suelo, la edificación y la ordenación integral de todo el territorio del municipio de Santa Coloma de Gramenet

Versión 2009

Origen y vigencia

Organismo emisor:
Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet
Publicación:
14 de diciembre de 2009
Última revisión en Normatia:
26 de septiembre de 2026
Texto oficial:
amb.cat

Qué contiene esta norma

8secciones

Normativa Urbanística del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Coloma de Gramenet

El Plan General de Ordenación Urbana de Santa Coloma de Gramenet ordena el territorio integrado en la Entidad Municipal Metropolitana de Barcelona y fija el marco para decidir cómo se usa y edifica en cada ámbito. Su aplicación combina la regulación del suelo urbano, el suelo urbanizable que se incorpore al proceso urbano y el planeamiento derivado, según los artículos 1, 77 y 222 del propio PGOU (artículo 1, artículo 77 y artículo 222). Para consultar una parcela, el dato de partida no es el uso que quieres implantar, sino la clave de los planos.

¿Qué es la normativa urbanística del PGOU?

Es el conjunto de determinaciones que traduce la ordenación a reglas de aplicación. No funciona como una única tabla de alturas o edificabilidades. Primero clasifica y califica el suelo. Después, según la zona y el tipo de ordenación, concreta los usos y las condiciones de la edificación. El plano fija el punto de partida.

El documento se organiza en títulos. El Título I reúne las disposiciones generales y el desarrollo del plan. El Título II trata el régimen urbanístico del suelo. El Título III regula sistemas y equipamientos comunitarios. El Título IV contiene la reglamentación detallada del suelo urbano. El Título V se ocupa de la protección del patrimonio cultural. Las disposiciones finales incorporan nuevas claves urbanísticas, como la destinada a viviendas dotacionales públicas.

El plan debe leerse junto con la cartografía de ordenación y con las normas específicas de la zona. El artículo 9 establece el código que permite interpretar la clave de una parcela. El artículo 72 remite a las normas de cada zona para determinar el tipo de ordenación aplicable. Una consulta necesita el plano de calificación y la ordenanza que desarrolla sus parámetros.

¿Qué regula el PGOU?

Régimen del suelo y desarrollo del plan

El plan establece el marco de aplicación de sus normas para el suelo urbano y para el suelo urbanizable que se incorpore al proceso urbano. En los ámbitos desarrollados mediante Planes Parciales, las ordenanzas de edificación y usos deben ajustarse a las disposiciones comunes del plan. Esta relación se encuentra en los artículos 77 y 222. La consulta sirve para saber qué parte del documento debes abrir antes de estudiar una parcela o una actuación de urbanización.

El suelo urbano tiene su propio régimen y se identifica mediante los planos de ordenación. La fuente MCP señala los planos b a escala 1:10.000 para la visión general y los planos a escala 1:2.000 para la delimitación detallada. El artículo 78 es la referencia para esta lectura cartográfica. La misma consulta debe comprobar si la finca está dentro de un ámbito de reforma interior o de una unidad de actuación.

Calificación, usos y tipos de ordenación

Una vez localizada la parcela, la clave conduce a la zona o subzona correspondiente. La normativa distingue, entre otros ejemplos, la zona 12 de núcleo antiguo, la zona 13a de densificación urbana intensiva, la zona 20a de edificación aislada y la zona 22a industrial. La fuente identifica estas claves en relación con los artículos 9, 63, 72 y 78. No son categorías intercambiables: cada una dirige a reglas propias de uso, volumen, ocupación y separación.

El PGOU diferencia dos formas principales de ordenar la edificación. En la edificación según alineación de vial, la profundidad edificable, la altura reguladora y el número de plantas condicionan el volumen. En la edificación aislada, adquieren peso el índice de edificabilidad neta, la ocupación y las separaciones a linderos. Los parámetros de cada tipo se localizan en los artículos 236 y 246 (artículo 236 y artículo 246).

Condiciones de edificación

El Título IV permite pasar de la clave urbanística a los parámetros que deben comprobarse en el proyecto. Entre ellos están la edificabilidad, la ocupación, la altura, el número de plantas, la profundidad edificable, los retranqueos y las condiciones de parcela. El artículo 340 concreta la edificabilidad en la zona de edificación aislada 20a. Depende del supuesto.

Los valores no son generales para todo el municipio. En la zona industrial 22a, la fuente MCP recoge como ejemplo una edificabilidad de 2 m²st/m²s y una ocupación máxima del 90 por ciento, o del 70 por ciento cuando la edificación es aislada. La altura cambia según el ancho del vial, con un ejemplo de 17 m y planta baja más tres plantas para viales de al menos 11 m. Estos datos se atribuyen al artículo 350, y solo deben trasladarse a una parcela si su clave y supuesto de aplicación coinciden.

En el núcleo antiguo, la altura reguladora también depende del ancho del vial. Para la subzona I de sustitución, el artículo 320 recoge, entre otros supuestos, 11,25 m y planta baja más dos plantas en viales de 8 a menos de 12 m. En edificación aislada, el artículo 343 recoge subzonas con parcela mínima, ocupación y separaciones diferentes.

Equipamientos, aparcamiento y vivienda protegida

El Título III regula los sistemas y los equipamientos comunitarios. El artículo 212 es la referencia para los usos admitidos en los equipamientos comunitarios y sus actividades complementarias. Para equipamientos en suelo urbanizable no delimitado y suelo no urbanizable, la disposición adicional quinta remite al régimen de la legislación urbanística superior y de los instrumentos territoriales (disposición adicional quinta).

Las reservas de aparcamiento se consultan en los artículos 298 y 299. El artículo 298 relaciona la previsión de plazas con el uso residencial y la superficie de las viviendas. El artículo 299 permite localizar las reglas para edificios existentes, ampliaciones y cambios de uso. La disposición adicional séptima recoge una exención para las reservas de aparcamiento de equipamientos esenciales (disposición adicional séptima).

La reserva parcial de vivienda de protección pública tiene excepciones para determinadas parcelas con protección patrimonial. La fuente MCP atribuye esa regla al artículo 285ter.4.b (artículo 285ter). La excepción depende del grado de protección y, en el grado C, de las condiciones de rehabilitación.

Protección del patrimonio cultural

El Título V introduce una lectura adicional para los edificios y suelos protegidos. El artículo 381, el artículo 382 y el artículo 384 tratan, respectivamente, el régimen de determinadas edificaciones afectadas por sistemas, las determinaciones urbanísticas específicas y el planeamiento derivado integral en edificios protegidos.

Aspectos clave para una parcela

Los parámetros más consultados no se resuelven con una cifra aislada. La tabla no basta. Para una parcela concreta, la secuencia es esta:

  1. Localiza la finca en los planos de ordenación y determina su clasificación, con el artículo 78 y los planos b a escala 1:10.000 y a escala 1:2.000.
  2. Identifica la clave o código de la parcela según el artículo 9.
  3. Comprueba la zona, la subzona y el tipo de ordenación aplicable según el artículo 72.
  4. Abre la ordenanza detallada del Título IV y localiza los artículos de la zona.
  5. Comprueba usos, edificabilidad, ocupación, altura, plantas, profundidad edificable y separaciones.
  6. Revisa las afecciones por sistemas, patrimonio, reforma interior o unidad de actuación.
  7. Si la consulta afecta a una parcelación, localiza la cédula urbanística y las reglas de licencia del Título I.

¿Cómo consultar e interpretar el PGOU?

Empieza por la cartografía, no por la tabla de parámetros. El artículo 78 vincula la clasificación del suelo con los planos de ordenación, y el artículo 9 aporta el código que identifica la calificación. Después, el artículo 72 conduce al tipo de ordenación y el Título IV desarrolla sus condiciones.

En edificación según alineación de vial, conviene buscar primero los artículos 236 y 320 cuando la consulta se refiera a altura, profundidad, plantas o cuerpos salientes. En edificación aislada, la lectura se desplaza a los artículos 246, 340, 342 y 343, según la zona y subzona. La fuente MCP también recoge el artículo 342 para las condiciones de las subzonas plurifamiliares. La escala importa.

Cuando el documento no resuelve por sí solo un aspecto constructivo, técnico, sanitario, de seguridad o de servicios, la disposición adicional primera remite a las ordenanzas metropolitanas o, en su defecto, a las ordenanzas municipales (disposición adicional primera). El artículo 232 remite también a normas estatales y municipales para determinados medios técnicos de ventilación e iluminación. La relación con el marco autonómico aparece, entre otros puntos, en el artículo 255, que remite a la legislación urbanística de Cataluña para aspectos de adaptación topográfica y movimiento de tierras.

Preguntas frecuentes sobre el PGOU

¿Cómo sé qué ordenanza se aplica a una parcela?

Localiza primero la parcela en los planos de ordenación y lee su clave o código. Después, consulta la norma específica de esa zona, siguiendo los artículos 78, 9 y 72. Sin esa identificación, no es posible escoger de forma segura la tabla de altura, ocupación o edificabilidad.

¿Dónde consulto la edificabilidad?

Depende de la clave. El Título IV contiene las condiciones detalladas y el artículo 340 recoge la edificabilidad de la zona de edificación aislada 20a. El artículo 71 define los conceptos de edificabilidad y las superficies computables, por lo que conviene consultarlo para interpretar el índice y no solo para localizar una cifra (artículo 71).

¿Qué altura permite el núcleo antiguo?

La altura reguladora depende del ancho del vial. En la subzona I de sustitución de la zona 12, el artículo 320 recoge 7,90 m y planta baja más una planta para viales de menos de 8 m. Para viales de 8 a menos de 12 m, recoge 11,25 m y planta baja más dos plantas. Son supuestos de esa subzona, no un límite uniforme para todo Santa Coloma.

¿Se puede implantar una vivienda en planta baja?

La fuente MCP indica que puede permitirse en la ordenación según alineación de vial, bajo condiciones de densidad y ventilación del artículo 225. Entre ellas figura que no aumente la densidad máxima y, cuando las piezas principales ventilan al interior de manzana, que exista un espacio libre con 6 m de profundidad mínima y 4,5 m de anchura (artículo 225).

¿Qué usos están limitados en los sótanos?

El artículo 226 no permite vivienda ni habitaciones de uso residencial o sanitario en sótanos. Por debajo del primer sótano, la fuente limita el uso a aparcamientos, instalaciones técnicas o cámaras acorazadas, salvo que se justifiquen medidas técnicas excepcionales de seguridad y evacuación (artículo 226).

¿La reforma o el cambio de uso puede activar la reserva de aparcamiento?

La consulta debe dirigirse al artículo 299. La fuente MCP contempla la dotación correspondiente al volumen ampliado y las plazas asociadas al nuevo uso. En industrias, recoge un supuesto vinculado a un aumento superior al 25 por ciento de la superficie útil. La respuesta depende del tipo de intervención y del uso resultante.

¿Qué tamaño necesita un patio de ventilación?

El artículo 234 relaciona el diámetro mínimo con la altura total, con un mínimo de 2 m, y gradúa la superficie según el número de plantas (artículo 234). La cifra debe comprobarse junto con el supuesto de plantas que corresponda al edificio.

¿Qué ocurre si el edificio está protegido?

Debes abrir el Título V y comprobar el grado y el régimen aplicable. Los artículos 382 y 384 tratan las determinaciones específicas y el planeamiento derivado integral en edificios protegidos. La respuesta para una intervención concreta depende de la protección que afecte a la finca.

¿Dónde se comprueba el régimen urbanístico antes de proyectar?

La fuente MCP incorpora el certificado de régimen urbanístico regulado en el artículo 105 de la Ley de Urbanismo de Cataluña, con una vigencia de 6 meses. También menciona la cédula urbanística, que acredita las condiciones de la finca para solicitudes de parcelación. La cédula cumple otra función. El artículo 105 de la Ley de Urbanismo de Cataluña es la referencia autonómica citada para el certificado.

¿Cómo se definen parcela, solar y planta baja?

El artículo 223 distribuye las definiciones de los conceptos generales de edificación. Incluye parcela, solar, planta baja, plantas sótano y piso, cuerpos salientes, elementos salientes, patios de ventilación y piezas principales de una vivienda. Para aparcamiento y estacionamiento, la fuente remite al artículo 295 (artículo 223 y artículo 295).

Consultas habituales y casos de uso

Comprobar una ampliación

Identifica la clave y compara el volumen existente con la ordenanza de zona. Para la reserva de aparcamiento, consulta el artículo 299 y separa el volumen ampliado del resto del edificio. Si la ampliación altera usos o afecta a una protección, abre también los artículos 277 y 384 (artículo 277).

Estudiar un cambio de uso

La consulta empieza por la ordenanza de la zona, que limita los usos permitidos, y continúa con el artículo 299 para la reserva de aparcamiento. En planta baja o sótano, los artículos 225 y 226 añaden condiciones específicas. El uso cambia la respuesta. La remisión no permite concluir el trámite completo sin revisar el uso concreto y el resto de normativa aplicable.

Revisar un edificio protegido

Comprueba la cartografía y el catálogo que corresponda al edificio y, después, el Título V. El artículo 384 es la referencia para localizar las reglas sobre planeamiento derivado integral. La consulta debe separar la protección patrimonial de los parámetros ordinarios de la zona.

Verificar una actuación en un ámbito de reforma interior

El artículo 78 permite localizar la relación entre clasificación, planos y ámbitos de desarrollo. Si la parcela está en reforma interior o unidad de actuación, la ordenanza ordinaria puede no ser el único documento que debas consultar. La estructura del Título IV y el planeamiento derivado deben leerse conjuntamente.

Conceptos clave del PGOU

La parcela es el suelo urbano edificable definido por el artículo 223. El solar es la parcela que reúne condiciones de superficie y urbanización para ser apta para la edificación inmediata. La edificabilidad se expresa mediante índices y superficies computables definidos en el artículo 71. La ocupación, la altura reguladora, la profundidad edificable y las separaciones son parámetros que cambian según la zona y el tipo de ordenación.

Los cuerpos salientes son elementos habitables u ocupables que sobresalen de la alineación de fachada. En el núcleo antiguo, sus límites se consultan en el artículo 320. El artículo 230 trata el vuelo máximo de los cuerpos salientes y permite localizar las reglas generales antes de aplicar la ordenanza particular (artículo 230). La protección añade otra capa. Los patios de ventilación son espacios no edificados para iluminar o ventilar escaleras o dependencias que no sean piezas principales, y se desarrollan en el artículo 234.

Resumen

El PGOU de Santa Coloma de Gramenet debe consultarse como una secuencia: plano, clave, zona, tipo de ordenación y ordenanza detallada. El Título II aporta el régimen del suelo; el Título IV concreta usos y condiciones de edificación; el Título III regula sistemas y equipamientos; el Título V añade la protección del patrimonio. La edificabilidad, la altura, la ocupación, los retranqueos, los patios, el aparcamiento y los cambios de uso tienen respuestas distintas según la clave y el supuesto.

Novedades sobre PGOU de Santa Coloma de Gramenet

  • DOGC - Diari Oficial de la Generalitat de CatalunyaDepartamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica

    Declaración de zona de mercado residencial tensionado en 53 municipios

    Título original: Resolución TER/3740/2026, de 16 de octubre, por la que se declaran zona de mercado residencial tensionado 53 municipios de Cataluña, de acuerdo con la Ley estatal 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda

    Resolución de la Secretaría de Vivienda de Cataluña que declara zona de mercado residencial tensionado a 53 municipios. La declaración fija además la consideración de gran tenedor para quienes tengan cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial en la zona y permite aplicar, en su caso, el límite máximo del precio del alquiler conforme a la Ley 12/2023 y la Ley 29/1994. El anuncio incluye el resultado del procedimiento con información pública y audiencias previas, y ordena su publicación en el DOGC y en la web de la Generalitat.

  • DOGC - Diari Oficial de la Generalitat de CatalunyaDepartamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica

    Prórroga de la zona de mercado residencial tensionado en 118 municipios

    Título original: Resolución TER/3739/2026, de 16 de octubre, por la que se prorroga en 118 municipios la vigencia de la zona de mercado residencial tensionado declarada mediante la Resolución TER/800/2024, de 13 de marzo, por la que se modifica la Resolución TER/2940/2023, de 11 de agosto, por la que se declaran zona de mercado residencial tensionado varios municipios, de acuerdo con la Ley estatal 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda

    Resolución de la Secretaría de Vivienda por la que se prorroga la vigencia de la zona de mercado residencial tensionado declarada por la Resolución TER/800/2024. Mantiene la consideración de gran tenedor y la aplicación del límite máximo del precio del alquiler en los municipios que siguen cumpliendo los requisitos de la Ley 12/2023. También concreta los municipios que dejan de formar parte de la zona prorrogada.

¿Echas de menos alguna normativa?

Ayúdanos a mejorar la librería de Normatia. Envíanos tus sugerencias sobre normativas que deberíamos incluir. Recibirás una notificación cuando la normativa sugerida sea añadida.

Para poder contactarte si tenemos dudas sobre tu sugerencia