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Decreto por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición del País Vasco

Regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición, exigiendo estudios de gestión, fianzas y planes para garantizar su prevención, reutilización y reciclaje en el País Vasco.

Normativa autonómica

De aplicación en País Vasco.

Datos de proyecto en País Vasco

Versiones de la norma

1 versión

Decreto por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición del País Vasco (Decreto 112/2012)

Vigente

Regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición, exigiendo estudios de gestión, fianzas y planes para garantizar su prevención, reutilización y reciclaje en el País Vasco.

Versión 2021

Origen y vigencia

Organismo emisor:
Gobierno Vasco
Publicación:
3 de septiembre de 2012
Última revisión en Normatia:
26 de septiembre de 2026
Texto oficial:
euskadi.eus

Qué contiene esta norma

4secciones

Decreto 112/2012 de residuos de construcción y demolición del País Vasco

El Decreto 112/2012 regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición en el País Vasco. Conecta el proyecto, la ejecución, la acreditación final y la fianza vinculada a la licencia. El punto de partida está en el artículo 1, sobre objeto y fines. Para una obra mayor, la consulta lleva al estudio de gestión, al plan del contratista y al informe final.

La norma distingue obra mayor y menor, define productor y poseedor, y establece reglas para segregación, valorización, plantas móviles y edificios que han soportado actividades potencialmente contaminantes del suelo. Los valores consultados son el 120 % del coste previsto para la fianza, el 60 % cuando procede la reducción por edificación sostenible y los ratios del Anexo I.

¿Qué es el Decreto 112/2012?

Es una disposición autonómica que establece el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición en el País Vasco. El artículo 3, sobre ámbito de aplicación, sitúa dentro de su campo los residuos y materiales definidos por el propio decreto. La definición de obra incluye construcción, rehabilitación, reparación, reforma y demolición de inmuebles. También comprende obras de ingeniería civil y trabajos que modifican terreno o subsuelo, según el artículo 2, sobre definiciones.

Su lectura es secuencial. Primero se identifica el tipo de obra y las personas que intervienen. Después se comprueba si es obra mayor o menor y qué documentación corresponde. En obra mayor, el proyecto se relaciona con un estudio, la ejecución con un plan y el cierre con un informe final. En obra menor, el artículo 9 mantiene obligaciones de separación y acreditación con una ruta documental distinta.

El decreto añade reglas autonómicas al marco estatal de RCD. El corpus lo relaciona con el Real Decreto 105/2008 y con el estudio de gestión en el proyecto. También señala cruces con el Real Decreto 396/2006, cuando interviene amianto, y con el Real Decreto 975/2009, cuyos residuos mineros y de canteras quedan excluidos en los términos del artículo 3.

¿Qué regula el Decreto 112/2012?

El objeto y las prioridades de gestión

El artículo 1 fija como objeto el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Entre sus fines aparecen la reutilización de materiales y, por orden de prioridad, la prevención, el reciclado y otras formas de valorización. También busca minimizar los residuos y asegurar su correcta eliminación, además de contribuir a una edificación sostenible. Estos fines sirven para interpretar los documentos posteriores: el estudio no es solo una previsión de toneladas, sino la explicación de cómo se previene, separa, valoriza o elimina lo generado.

El ámbito y las exclusiones

El artículo 3 incluye los residuos y materiales definidos en el decreto. No incluye los residuos de prospección, extracción, tratamiento o almacenamiento de recursos minerales y explotación de canteras regulados por el Real Decreto 975/2009.

Las tierras y rocas destinadas a relleno siguen la normativa específica autonómica. El artículo 3 y la acreditación del artículo 6 deben leerse junto con la regulación del destino.

Las obligaciones de productores, poseedores y gestores

El artículo 4, sobre obligaciones de las personas productoras, lleva la consulta a la fase de proyecto. Para obra mayor, el estudio estima residuos en toneladas y metros cúbicos. También recoge prevención, destino e inventario de residuos peligrosos. El Anexo I, sobre contenido mínimo del estudio, completa esa estructura y sitúa el coste previsto como capítulo independiente del presupuesto.

El artículo 7, sobre obligaciones de las personas poseedoras, lleva a la ejecución. El constructor debe presentar un plan que desarrolle el estudio. La dirección facultativa lo aprueba. La propiedad lo acepta antes del comienzo de los trabajos. Durante la obra, la documentación de entrega identifica la obra, las cantidades y el código LER. También identifica a las personas que intervienen.

La acreditación final y la fianza

La secuencia se cierra con el artículo 6, sobre acreditación de la correcta gestión. La dirección facultativa redacta el informe final de gestión conforme al Anexo III. El informe recoge la gestión efectivamente realizada y las variaciones respecto del estudio. La respuesta MCP indica que debe ser verificado por una entidad independiente acreditada, salvo el supuesto de una empresa inscrita en el registro EMAS.

La fianza del artículo 5 se calcula, como regla general indicada por el MCP, en el 120 % del coste de gestión previsto en el estudio. La cifra puede reducirse al 60 % cuando se justifica edificación sostenible, según la misma fuente. El informe final verificado se presenta ante el Ayuntamiento para solicitar la devolución. La conexión se hace en los términos de los artículos 4.1.e y 5.4.

Principales temas regulados

Estudios de gestión y ratios de generación

El Anexo I define el contenido mínimo del estudio y ofrece ratios para estimar la generación. Para obra nueva residencial e industrial, la batería recoge 0,0841 toneladas por metro cuadrado construido. Para demolición residencial con estructura de hormigón, recoge 1,13 toneladas por metro cuadrado, y para estructura de madera, 0,65 toneladas por metro cuadrado. Son datos de cálculo vinculados a los supuestos expresados en el anexo.

Segregación y obras menores

La segregación de residuos de obra mayor se trata en el artículo 8. El artículo establece umbrales de separación por fracciones LER, entre ellas hormigón, ladrillos, metal, madera y otras categorías. Para una reforma pequeña, la referencia cambia al artículo 9, que la respuesta MCP resume como separación en origen de, al menos, residuos pétreos, peligrosos y no peligrosos.

Suelos potencialmente contaminados

Cuando se demuelen edificios que han soportado actividades potencialmente contaminantes del suelo, el estudio ordinario se completa con el contenido del Anexo II.

El artículo 4.1.b relaciona este supuesto con un informe de suficiencia del órgano ambiental. El dato debe comprobarse al inicio del proyecto, antes de tratar la demolición como una actuación ordinaria de RCD.

Valorización en plantas móviles

La valorización en plantas móviles tiene un régimen específico en el artículo 12 y en el Anexo IV. La consulta debe cubrir autorización, comunicación, inspección y requisitos técnicos de la instalación. No es la misma ruta que entregar el residuo a un gestor autorizado.

Aprovechamiento de materiales y tramitación

La disposición adicional segunda trata la utilización de áridos reciclados y materiales de construcción obtenidos por valorización. La disposición adicional cuarta relaciona la prevención y el uso de productos valorizados con la compra pública verde. Para la gestión administrativa, el artículo 13 regula la tramitación telemática.

Aspectos clave para una memoria de proyecto

El primer dato es el tipo de obra. El artículo 2 distingue la obra menor, de sencilla técnica y escasa entidad, de la obra mayor, que no queda incluida en esa definición. En obra mayor, el estudio del artículo 4 y el Anexo I recoge cantidades, prevención, destino, residuos peligrosos y coste.

Si aparece un antecedente de actividad potencialmente contaminante, se añade el Anexo II. El plan del artículo 7 concreta la ejecución. El informe del artículo 6, conforme al Anexo III, documenta el cierre.

¿Cómo consultar e interpretar el Decreto 112/2012?

La estructura del decreto se organiza en preámbulo, articulado, disposiciones y cuatro anexos. El Capítulo I contiene las disposiciones generales. El Capítulo II reúne las obligaciones de productores y poseedores, incluidos los artículos 4, 6 y 8. El Capítulo III trata la valorización y gestión, con los artículos 11, 12 y 13. La batería MCP también identifica la disposición transitoria única sobre verificación de informes finales y la disposición final primera sobre ordenanzas municipales.

Para resolver una duda concreta, busca primero el sujeto y la fase. Si estás redactando el proyecto, consulta el artículo 4 y el Anexo I. Si estás preparando el inicio de obra, consulta el artículo 7. Si vas a justificar la devolución de la fianza, consulta los artículos 5 y 6 y el Anexo III. Si el residuo procede de una demolición con posible contaminación, incorpora el artículo 4.1.b y el Anexo II. Si el destino es un relleno, revisa el artículo 3.4 y la acreditación del artículo 6.3.

Qué necesitas saber primero

  1. Identifica si la actuación es una obra de construcción o demolición y si encaja en obra mayor o menor según el artículo 2.
  2. Comprueba si existe alguna exclusión del artículo 3, en especial por residuos mineros, sedimentos o tierras y rocas destinadas a relleno.
  3. Si es obra mayor, prepara el estudio con el artículo 4 y el contenido del Anexo I.
  4. Comprueba si concurre el supuesto de suelo potencialmente contaminado del artículo 4.1.b y del Anexo II.
  5. Calcula la fianza con el artículo 5 y el coste previsto en el estudio.
  6. Durante la ejecución, revisa el plan del artículo 7, la segregación y los documentos de entrega.
  7. Al finalizar, prepara el informe del artículo 6 conforme al Anexo III y tramita la devolución de la fianza.

Preguntas frecuentes sobre el Decreto 112/2012

¿A qué tipo de obras se aplica?

Se aplica a los residuos y materiales de construcción y demolición definidos en el decreto. La definición de obra incluye edificación, rehabilitación, reparación, reforma, demolición, ingeniería civil y trabajos que modifican terreno o subsuelo, según los artículos 2 y 3.

¿A quién atribuye el decreto la responsabilidad sobre los residuos?

El artículo 2 considera productora a la persona titular de la licencia urbanística o, si no se precisa licencia, a la titular del inmueble. También incluye a quien cambia la naturaleza o composición de los residuos. La persona poseedora es quien los tiene en su poder sin ser gestor, incluido quien ejecuta la obra. Esta distinción permite asignar el estudio, el plan y la documentación final.

¿Qué debe contener el estudio de gestión?

El artículo 4.1.a y el Anexo I llevan a la estimación en toneladas y metros cúbicos, las medidas de prevención, las operaciones de destino, el inventario de residuos peligrosos y la valoración del coste. El coste previsto figura como capítulo independiente del presupuesto.

¿Cuánto es la fianza?

La regla recogida en la respuesta MCP es el 120 % del coste previsto de gestión. Puede reducirse al 60 % cuando se justifica edificación sostenible, conforme al artículo 5.2.

¿Qué debe hacer el contratista antes de empezar?

Debe presentar el plan de gestión que desarrolla el estudio. La dirección facultativa lo aprueba y la propiedad lo acepta antes del inicio de los trabajos, conforme al artículo 7.1.

¿Qué documento sirve para cerrar la gestión?

El informe final de gestión del artículo 6, con el contenido del Anexo III. La respuesta MCP indica que debe recoger la gestión real y ser verificado por una entidad independiente acreditada, salvo el supuesto de inscripción en EMAS.

¿Qué cambia en una obra menor?

La respuesta consultada señala que no se exige un estudio ni un plan formal como los de obra mayor. Sí señala separación en origen de, al menos, fracciones pétreas, peligrosas y no peligrosas. También indica que debe acreditarse la gestión ante el Ayuntamiento, según el artículo 9.

¿Qué ocurre si hay amianto?

El informe final debe acreditar, cuando proceda, que la empresa ha ejecutado el plan de trabajo exigido por el Real Decreto 396/2006. La referencia aparece en el Anexo III.

Consultas habituales y casos de uso

Preparar la documentación antes de solicitar la licencia

Empieza por el artículo 4.1.a y el Anexo I. Estima cantidades y separa el coste de gestión en el presupuesto. Localiza los residuos peligrosos. Si el edificio albergó una actividad potencialmente contaminante, añade el Anexo II y el trámite ambiental indicado por el artículo 4.1.b.

Calcular una previsión para una obra residencial

Localiza el supuesto del Anexo I antes de aplicar un ratio. Para obra nueva residencial e industrial, la batería recoge 0,0841 t/m² construido. Para demolición residencial, distingue estructura de hormigón, con 1,13 t/m², y estructura de madera, con 0,65 t/m².

Saber qué revisar durante la ejecución

La ruta empieza en el artículo 7. Comprueba que el plan desarrolla el estudio. Debe contar con la aprobación de la dirección facultativa y la aceptación de la propiedad. Después revisa la separación, el acopio y los justificantes de entrega a gestores autorizados.

Preparar la devolución de la fianza

Consulta primero el artículo 6 y el Anexo III. El informe debe documentar la gestión real y las diferencias frente a la previsión. Verifica las condiciones de verificación externa y presenta la documentación ante el Ayuntamiento en los términos que conectan los artículos 4.1.e y 5.4.

Determinar si una tierra puede ir a un relleno

Comprueba la exclusión del artículo 3.4. Las tierras y rocas destinadas a relleno siguen la normativa específica autonómica de vertederos y ejecución de rellenos. Para la acreditación final, la batería relaciona esta cuestión con el artículo 6.3 y con la licencia municipal del relleno.

Consultar una planta móvil de valorización

Usa el artículo 12 y el Anexo IV. Ahí se localizan el procedimiento de autorización y los requisitos técnicos. El artículo 11, sobre actividades de valorización sirve para el marco general de estas actividades.

Conceptos clave del Decreto 112/2012

El artículo 2 distingue los residuos de los materiales reutilizables y define a la persona productora, la poseedora, la obra mayor y la obra menor. El estudio de gestión ordena la previsión del proyecto. El plan concreta la ejecución. El informe final, conforme al Anexo III, acredita la gestión real y su relación con la fianza. Este anexo emplea códigos LER para clasificar residuos esperables, peligrosos y voluminosos.

Resumen

El Decreto 112/2012 organiza la producción y gestión de RCD en el País Vasco mediante una secuencia que empieza en la identificación de la obra y termina con la acreditación de la gestión realizada. Para obra mayor, el artículo 4 y el Anexo I estructuran el estudio. El artículo 5 conecta el coste previsto con una fianza general del 120 % y con la reducción al 60 % en el supuesto indicado. El artículo 7 regula el plan de ejecución. El artículo 6, junto con el Anexo III, lleva al informe final y a la devolución.

Las consultas más sensibles son el tipo de obra, las exclusiones del artículo 3, los ratios del Anexo I, la segregación de obra mayor y menor, los suelos potencialmente contaminados, los rellenos y las plantas móviles. La respuesta depende de seguir la fase del proyecto y conservar la cita exacta del artículo o anexo que resuelve cada paso.

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