Disposiciones
Disposición Adicional
El Ayuntamiento de Valencia impulsará todas aquellas medidas y convenios para la cofinanciación de programas de accesibilidad y eliminación de barreras urbanísticas.
Disposición Final
De conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local en relación con el artículo 65.2 de la misma Ley, la presente Ordenanza entrará en vigor transcurridos 15 días hábiles desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.