I. DISPOSICION GENERAL
Artículo 1.
De acuerdo con lo previsto en la Norma Foral 9/2005 de 16 de Diciembre de Bizkaia de Haciendas Locales y en la Norma Foral 10/89 de Bizkaia del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, se establece y exige el Impuesto conforme a lo dispuesto en la Presente Ordenanza.