TÍTULO I. Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto de la Ley.

La presente Ley tiene como objeto regular el conjunto del Sistema Viario de la Comunidad Valenciana, mediante el establecimiento de las normas e instrumentos necesarios para asegurar el mejor funcionamiento del mismo en el marco de las competencias estatutariamente asumidas y del ámbito de esta Ley.

Artículo 2. Ámbito y alcance.

La presente Ley será aplicable a todas las vías de tránsito rodado que, formando parte del Sistema Viario, transcurran por el territorio de la Comunidad Valenciana, y no sean de titularidad estatal.