Disposiciones
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Las relaciones administrativas derivadas de la tramitación de los procedimientos a los que se refiere la presente Ordenanza, tanto para la realización de actos de comunicación como para la presentación de escritos e iniciativas por vía telemática, podrán hacerse efectivos en tanto en cuanto se encuentren completados los dispositivos tecnológicos necesarios para ello, con las garantías de seguridad y confidencialidad requeridas por la legislación vigente, así como la regulación normativa pertinente al respecto.
DISPOSICIÓ TRANSITORIA UNICA
A los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ordenanza no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA UNICA
Con la entrada en vigor de la presente Ordenanza queda derogada la Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana aprobado por el Ayuntamiento de Valencia en sesión plenaria celebrada el día 11 de febrero de 1988, y cuantas normas municipales de igual rango se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo regulado en la misma.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza entrará en vigor a los 15 días de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia”
Valencia, a 16 de Abril de 2009. EL SECRETARIO,