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Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

  1. Quedan derogadas de forma expresa:
    1. La Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.
    2. La Ley 3/1996, de 10 de mayo, de protección de los Caminos de Santiago.
    3. La Ley 12/1991, de 14 de noviembre, de trabajos de dotación artística en las obras públicas y Caminos de Santiago de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  2. Asimismo, quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango, incluidas las determinaciones del planeamiento urbanístico, que se opongan a lo dispuesto en esta ley.

Patrimonio Cultural Galicia

Versión 2025