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XIII.- DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA

De conformidad con el Convenio para la ejecución del planeamiento del Sector Norte de la Isla de la Cartuja, suscrito entre los Ayuntamientos de Santiponce y de Sevilla, la presente Ordenanza será de aplicación a todas las licencias que la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla tramite para dicho ámbito territorial, incluyendo la parte del término municipal de Santiponce comprendida dentro de tal ámbito. La gestión y recaudación de las tasas que se devenguen con motivo de la ejecución del citado planeamiento corresponderá a la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, en los términos previstos en el citado Convenio.