INSTRUCCIÓN IF-15. PUESTA EN SERVICIO DE LAS INSTALACIONES FRIGORÍFICAS

1. Documentación a presentar para la puesta en servicio de las instalaciones frigoríficas.

El titular de la instalación presentará, antes de la puesta en servicio, ante el organismo competente de la Comunidad Autónoma en cuya demarcación se ubique aquella, la documentación indicada en el artículo 21 del presente Reglamento.

Cuando se trate de una ampliación, modificación o traslado del sistema frigorífico, se deberá presentar en el órgano competente de la Comunidad Autónoma el libro de registro de la instalación frigorífica en el que figurarán todas las intervenciones realizadas en el mismo. En tales casos, la necesidad de la dirección de obra o del proyecto seguirán las mismas pautas que se han indicado anteriormente, contemplando la potencia de compresión del conjunto de la instalación tras la modificación.

En las instalaciones con refrigerantes A2L, se deberá presentar la documentación indicada en el artículo 21 del presente Reglamento en lo relativo a estos refrigerantes.

2. Requisitos mínimos que debe cumplir la memoria técnica.

La memoria técnica debe detallar los datos que seguidamente se relacionan:

  1. a) Deberán quedar claramente reflejadas las prestaciones de los diversos servicios, tales como:
    1. i. Descripción del circuito frigorífico.
    2. ii. Especificaciones del refrigerante utilizado: tipo, denominación, clase de seguridad, límites de inflamabilidad, límite práctico y carga prevista orientativa.
    3. iii. Diagramas de tuberías e instrumentación con todos los elementos y dispositivos de control y seguridad.
    4. iv. Presión y temperatura de diseño para cada sector.
    5. v. Presión y temperatura de régimen nominal previstos.
    6. vi. Disposición general en planta.
    7. vii. Volumen de los servicios.
    8. viii. Temperatura de régimen prevista.
    9. ix. Cálculo justificativo del espesor del aislante para evitar condensaciones superficiales no esporádicas de las tuberías y de cada uno de los cerramientos de los recintos refrigerados.
    10. x. Justificación de la efectividad de la barrera antivapor para evitar condensaciones intersticiales.
    11. xi. Cálculo de las cargas térmicas (pérdidas por transmisión, infiltraciones, tipo de producto, cantidad, temperatura de entrada y temperatura final deseada. Calor de motores, personas y cargas diversas, etc.).
  2. b) Deberán detallarse los componentes y sistemas previstos para la protección y seguridad de las personas y las máquinas, tales como:
    1. i. Presostatos y termostatos de seguridad previstos.
    2. ii. Válvulas de seguridad, su cálculo y selección.
    3. iii. Tuberías de descarga de las válvulas de seguridad. Justificación de su diámetro.
    4. iv. Carga de refrigerante. Cálculo de la misma y justificación de las medidas de protección individuales y colectivas necesarias.
    5. v. Recipiente de líquido. Justificación del volumen necesario. Teniendo en consideración que bajo ninguna circunstancia, de las que puedan presentarse durante la vida útil de la instalación, la falta o insuficiencia de volumen del recipiente pueda ocasionar una pérdida de fluido al exterior.
    6. vi. Renovación de aire. Justificación de los caudales del aire de renovación en locales ocupados por personas durante la jornada laboral y en caso de un eventual escape de refrigerante.
    7. vii. Puertas frigoríficas. Apertura de las puertas desde el interior y exterior de las cámaras.
    8. viii. Conexión de la resistencia calorífica de las puertas isotermas.
    9. ix. Características y ubicación del hacha tipo bombero.
    10. x. Características y ubicación de la alarma en caso de quedarse un operario encerrado en el interior de una cámara frigorífica.
    11. xi. Selección, tipo, clase de protección y ubicación de detectores de fuga si son necesarios.
    12. xii. Salidas de emergencia.
3. Requisitos mínimos que debe cumplir el proyecto.

Se seguirán los apartados propuestos en la norma UNE 157.001, debiendo detallarse los datos que seguidamente se relacionan.

  1. a) Deberán quedar claramente reflejadas las prestaciones de los diversos servicios, tales como:
    1. i. Descripción del circuito frigorífico.
    2. ii. Diagramas de tuberías e instrumentación con todos los elementos y dispositivos de control y seguridad.
    3. iii. Presión y temperatura de diseño para cada sector.
    4. iv. Disposición general en planta.
    5. v. Pérdida de presión prevista en los distintos circuitos (primario y secundario).
    6. vi. Justificación del cumplimiento particular de cada una de las IF del presente Reglamento (cálculos justificativos de la suportación, de las sobrecargas fijas y de uso previstos, por los techos de recintos y cámaras, de las válvulas de sobrepresión instaladas, TEWI, etc.).
    7. vii. Resumen de la legislación aplicable en el diseño cálculo y ejecución de la instalación.
    8. viii. Certificado CE de los materiales aislantes y de las puertas que estén reguladas.
    9. ix. Certificado del valor de la permeancia o de la resistencia al vapor de agua de la barrera de vapor.
    10. x. Volumen de los servicios.
    11. xi. Temperatura de régimen prevista.
    12. xii. Cálculo justificado del flujo térmico de los recintos, cámaras y puertas de los locales refrigerados.
    13. xiii. Cálculo justificativo del espesor del aislante para evitar condensaciones superficiales no esporádicas de las tuberías y de cada uno de los cerramientos de los recintos refrigerados.
    14. xiv. Justificación de la efectividad de la barrera antivapor para evitar condensaciones intersticiales.
    15. xv. Magnitud de las cargas térmicas (p.ej. tipo de producto, cantidad, temperatura de entrada y temperatura final deseada. Calor de motores, personas y cargas diversas, etc.).
    16. xvi. Temperatura del aire ambiente en el interior de cada local a acondicionar.
    17. xvii. Factores de simultaneidad.
  2. b) Deberán detallarse los componentes y sistemas previstos para la protección y seguridad de las personas y las máquinas, tales como:
    1. i. Presostatos de alta, baja y diferencial de aceite.
    2. ii. Termostatos de seguridad para baja y alta temperatura, si procede.
    3. iii. Válvulas de seguridad, su cálculo y selección.
    4. iv. Tuberías de descarga de las válvulas de seguridad. Justificación de su diámetro.
    5. v. Carga de refrigerante. Cálculo de la misma y justificación de las medidas de protección individuales y colectivas necesarias.
    6. vi. Recipiente de líquido. Justificación del volumen necesario. Teniendo en consideración que bajo ninguna circunstancia, de las que puedan presentarse durante la vida útil de la instalación, la falta o insuficiencia de volumen del recipiente pueda ocasionar una pérdida de fluido al exterior.
    7. vii. Renovación de aire. Justificación de los caudales del aire de renovación en locales ocupados por personas durante la jornada laboral y en caso de un eventual escape de refrigerante.
    8. viii. Puertas frigoríficas. Apertura de las puertas desde el interior y exterior de las cámaras.
    9. ix. Conexión de la resistencia calorífica de las puertas isotermas.
    10. x. Características y ubicación del hacha tipo bombero.
    11. xi. Características y ubicación de la alarma en caso de quedarse un operario encerrado en el interior de una cámara frigorífica.
    12. xii. Justificación del cumplimiento, en lo relativo a seguridad, de cada una de las instrucciones técnicas complementarias del presente Reglamento.

Instalaciones Frigoríficas y ITC

Versión 2025