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Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

  1. Quedan derogadas las disposiciones siguientes:
    1. La Ley 6/1987, de 12 de junio, del Plan especial de puertos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
    2. La Ley 5/1994, de 29 de noviembre, de creación del ente público Puertos de Galicia.
  2. Quedan asimismo derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente ley.

Ley Puertos Galicia

Versión 2024