Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Quedan derogadas las disposiciones siguientes:
- La Ley 6/1987, de 12 de junio, del Plan especial de puertos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
- La Ley 5/1994, de 29 de noviembre, de creación del ente público Puertos de Galicia.
- Quedan asimismo derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente ley.