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TÍTULO VI. Bienes, actividades, productos y servicios

Artículo 97. Promoción de la accesibilidad.
  1. 1. Se promocionará la implantación del comercio y de los bienes, productos, actividades y servicios respetuosos con la accesibilidad universal y el diseño para todos.

    Se articularán sellos, distintivos, títulos o mecanismos de reconocimiento al comercio y a los bienes, actividades, productos y servicios que cumplan con condiciones de accesibilidad.

  2. 2. Para el caso de personas con discapacidad auditiva, la accesibilidad comprenderá:
    1. a) Bucle magnético y/o bucle portátil magnético instalados.
    2. b) Subtitulación grabada: inserción de subtítulos a los productos audiovisuales.
    3. c) Avisadores luminosos.
    4. d) Conocimiento básico en Lengua de Signos Española.
Artículo 98. Turismo y cultura accesibles.

Se impulsará el turismo accesible mediante las siguientes medidas:

  1. Realización de actividades turísticas inclusivas y accesibles.
  2. Comunicación on line de las diferentes condiciones de accesibilidad para que cada persona pueda planear adecuadamente la actividad.

    3ºInformación en la web del Ayuntamiento de Zaragoza en función de las distintas discapacidades (sensorial, física, psíquica, cognitiva)

  3. Creación de circuitos culturales que faciliten el acceso a la cultura y al patrimonio a través de itinerarios accesibles diseñados en cada espacio o lugar y acompañados de información desarrollada en lectura fácil.
  4. Reserva de franja horaria con visita guiada en lengua de signos.
Artículo 99. Visitas turísticas.

El Ayuntamiento de Zaragoza facilitará mediante la adopción de medidas de accesibilidad el acceso de las personas con discapacidad auditiva a los contenidos de las visitas turísticas a la ciudad organizadas o contratadas desde la Administración municipal o sus entidades dependientes, así como la adaptación de las actividades culturales y de ocio y tiempo libre que realicen.

Artículo 100. Centros municipales de actividades y participación.
  1. 1. Los centros municipales de tiempo libre, de actividades para jóvenes, de convivencia de personas mayores y cívicos dispondrán de personal con formación y cualificación para la atención a personas con discapacidad y la promoción de dichas personas.
  2. 2. Los programas de estos espacios contaran con actividades adaptadas y que promocionen la igualdad y la relación personal entre las personas usuarias.
  3. 3. Cada centro propondrá un programa de actividades de sensibilización en materia de discapacidad.
Artículo 101. Reserva de plazas en espectáculos públicos.

Además de las plazas o espacios que de acuerdo con la normativa vigente hayan de estar reservadas para personas usuarias de sillas de ruedas o con movilidad reducida en los equipamientos, locales y espacios destinados a espectáculos públicos, de titularidad pública o privada, existirán localidades de uso preferente por personas con discapacidad visual grave y con discapacidad auditiva severa en la primera fila.

Esta reserva se aplicará tanto a establecimientos de espectáculos o instalaciones al aire libre estables como a la organización de actividades ocasionales en espacios cerrados o al aire libre que no estén destinados habitualmente a la celebración de espectáculos públicos.

Artículo 102. Servicio de teleasistencia.

Tanto los dispositivos domiciliarios como la tecnología (hardware y software) utilizada por la persona usuaria con el centro de atención deben ser accesibles, con el fin de garantizar la correcta prestación del servicio, teniendo en cuenta la diversidad que puede darse entre las personas usuarias en cuanto a sus capacidades y limitaciones. Entre estas se encuentran las relacionadas con el funcionamiento cognitivo y la comunicación, la visión y audición, la movilidad y el manejo de los dispositivos.

La tecnología asociada a los servicios de teleasistencia debe posibilitar diversas modalidades de comunicación, no restringiéndose a la emisión y recepción de mensajes hablados, sino incluyendo otras como la comunicación vía texto, la comunicación aumentativa y alternativa (con uso de pictogramas o imágenes) y la lengua de signos a través de videocomunicación.

Accesibilidad Zaragoza

Versión 2013