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ANEXOS

ANEXO I DOCUMENTACIÓN.

  1. I.1.- INSTALACIÓN EN EL DOMINIO PÚBLICO DE TERRAZAS VINCULADAS A ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN.
    1. a) Con carácter general.

      Junto a la solicitud habrá de aportarse:

      1. 1. Cuando el solicitante sea una persona jurídica o actúe mediante representación, deberá acompañarse documento que acredite la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
      2. 2. Documento en el que conste referencia catastral del inmueble donde se desarrolla la actividad.
      3. 3. Datos identificativos de la licencia de apertura a nombre de la persona o entidad solicitante de la ocupación, o, en su caso, acreditación de que se ostenta el derecho a abrir el establecimiento o local de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat.
      4. 4. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
      5. 5. Indicación de los elementos del mobiliario que se pretende instalar, fotografía del mismo y memoria descriptiva de sus características, que deberán ajustarse al Anexo II de la presente ordenanza, al efecto de valorar su adecuación con el entorno.
      6. 6. Plano a escala en tamaño A4, que recoja:
        1. a) Planta viaria de la zona, acotando claramente: el ancho de acera y la longitud de la fachada del local.
        2. b) Espacio y superficie cuantificada a ocupar por la terraza, acotando sus dimensiones, distancia al bordillo y a la fachada.
        3. c) Elementos existentes en la vía pública, tales como árboles, semáforos, papeleras, farolas, armarios de instalación del servicio público, señales de tráfico, contenedores de basura, bancos, y cualesquiera otros que permitan conocer el espacio libre existente para compatibilizar el resto de usos permitidos en la vía pública con la instalación pretendida.
    2. b) En los supuestos en que se pretenda instalar terraza en una superficie que exceda del ancho de fachada del establecimiento, y se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 60 de esta ordenanza:

      Además de la documentación antes citada:

      • Deberá acreditarse, por cualquiera de los medios admitidos en derecho, la conformidad de las personas o entidades titulares de la actividad en los locales inmediatamente contiguos frente a los que se pretenda instalar la terraza, y como máximo uno por cada lado. Si alguno o ambos inmuebles colindantes fuesen una vivienda, zaguán de edificio de viviendas, o local sin actividad, el consentimiento deberá prestarlo de forma expresa el propietario del inmueble. En los supuestos de Comunidades de Propietarios, la conformidad se acreditará mediante escrito firmado por la persona que ostente la Presidencia o el representante legal de aquélla.
    3. c) En los supuestos en los que se pretenda instalar en la terraza toldos:

      Además de la documentación antes citada:

      1. 1. Certificado técnico firmado por técnico competente en el que se garantice la seguridad y estabilidad de la instalación, en base al dimensionado estructural realizado considerando en su cálculo las distintas hipótesis de esfuerzos al viento, peso propio, anclajes, etc.
      2. 2. Planos de planta, sección y detalles que definan el toldo en todos sus componentes, forma, dimensiones, color, material, publicidad, etc.
      3. 3. Deberá acreditarse, por cualquiera de los medios admitidos en derecho, la conformidad de los vecinos de la primera planta del edificio, cuando el toldo se pretenda instalar a una distancia inferior a 2,00 metros del voladizo del inmueble.
    4. d) En los supuestos en los que se pretenda instalar en la terraza elementos generadores de calor o frío:
      1. 1. Garantía de calidad y Certificado de Homologación de la Comunidad Europea.
      2. 2. Contrato con empresa aseguradora en el que se contemple dicha instalación de estufas en la terraza.
      3. 3. Si se trata de una estufa de propano, además: Contrato con empresa de mantenimiento especializada en instalaciones de GLP y sus derivados.
    5. e) En los supuestos en que se pretenda instalar la terraza en espacios libres privados de uso público y dominio privado:

      Además de la documentación antes citada:

      • Deberá acreditarse, por cualquiera de los medios admitidos en derecho, la autorización de quien posea la propiedad de ese espacio. Cuando se trate de una Comunidad de Propietarios, deberá aportarse certificación o copia del acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios mediante el que se autorice dicha ocupación.
  2. I.2.- ACTIVIDADES FESTIVAS DE CARÁCTER POPULAR Y FESTIVIDADES TRADICIONALES VALENCIANAS.
    1. a) Con carácter general.
      1. 1. Instancia suscrita por el representante legal de la entidad organizadora, documento que acredite su representación y copia del CIF de la entidad.
      2. 2. Copia de los estatutos o escritura de constitución de la entidad solicitante y acreditación de la inscripción en el registro correspondiente.
      3. 3. Memoria en la que, al menos, deberá hacerse constar:
        • - Relación y descripción de todas las actividades que se pretendan llevar a cabo en el dominio público.
        • - Días de la celebración y hora de inicio y fin de la ocupación, con indicación, en su caso, del horario de cada una de las actividades.
        • - Identificación del dominio público que se solicita ocupar, con referencia a los números de policía de las vías públicas y plano de emplazamiento y delimitación del espacio a ocupar, con indicación de si el mismo estará acotado; diferenciando, en su caso, los espacios que se destinarán a cada tipo de actividad.
        • - Número previsto de asistentes al evento.
        • - Indicación de si se precisa el cierre total o parcial del tráfico, con especificación, en su caso, de las vías públicas que necesitan ser despejadas de vehículos (precisando fechas y horarios) y de las zonas en las que se solicita reserva de estacionamiento o prohibición de aparcar por motivo del evento.
        • - Propuesta de medidas de señalización del evento.
        • - Descripción y especificaciones técnicas de todos los elementos e instalaciones que se prevean utilizar y planos de los mismos.
        • - Cuando se pretenda ocupar el dominio público mediante sillas de alquiler, deberá especificarse el número de sillas a colocar y las zonas en las que se ubicarán.
        • - Datos personales de, al menos, una persona que actúe como responsable directo de los actos solicitados, facilitándose, a tales efectos, un medio de contacto (teléfono, email, etc.) con el Ayuntamiento.
      4. 4. Póliza del seguro de responsabilidad civil, previsto en el artículo 82, que cubra todos los actos a celebrar y recibo de estar al corriente en su pago, o en su caso certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
      5. 5. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
      6. 6. Justificante, en su caso, del pago de las tasas correspondientes.
    2. b) Cuando se solicite la instalación de escenarios, carpas, gradas e instalaciones análogas.

      Además de lo señalado en el apartado I.2.a) del presente Anexo:

      1. 1. Proyecto de instalación suscrito por técnico competente y ajustado al contenido y condiciones técnicas generales que fija la Ley 14/2010 de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos y el Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell; así como a las exigencias que establezca la demás normativa vigente que resulte de aplicación; debiendo recogerse expresamente el aforo y las medidas previstas para su control durante el desarrollo del evento, incluyendo Plan/Medidas de Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Decreto 52/2010.
      2. 2. En los supuestos de instalaciones de escasa complejidad técnica o que por sus características no lo requieran, el proyecto anterior se sustituirá por:
        1. a) Declaración responsable, suscrita por el técnico firmante del certificado al que se hace referencia en el apartado 3, en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que las instalaciones son de escasa complejidad técnica y/o por sus características no requieren proyecto de instalación.
        2. b) Memoria con la descripción detallada y especificaciones técnicas de todos los elementos e instalaciones que se prevean utilizar y planos de los mismos.
      3. 3. Concluido el montaje de las instalaciones, la entidad organizadora deberá presentar un certificado final de montaje suscrito por técnico competente, en el que se acredite que aquéllas se ajustan al proyecto o memoria presentados y reúnen las medidas necesarias que garanticen la adecuada solidez, resistencia, estabilidad, flexión y demás condiciones técnicas constructivas exigibles en el Código Técnico de la Edificación.
    3. c) Cuando se solicite la instalación de escenarios, carpas, gradas e instalaciones análogas que requieran proyecto de instalación y hubieran sido autorizadas por el Ayuntamiento en el año anterior en el mismo emplazamiento:

      Además de lo señalado en el apartado I.2.a) del presente Anexo:

      1. 1. Declaración responsable suscrita por el organizador del evento en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que la instalación a ubicar en dominio público tiene las mismas características, dimensiones y emplazamiento que la autorizada por el Ayuntamiento de Valencia en el año anterior.
      2. 2. Plano de emplazamiento acotado y a escala 1:200 de los elementos e instalaciones a ubicar en dominio público.
      3. 3. Concluido el montaje de las instalaciones, la entidad organizadora deberá presentar un certificado final de montaje suscrito por técnico competente, en el que se acredite que aquéllas reúnen las medidas necesarias que garanticen la adecuada solidez, resistencia, estabilidad, flexión y demás condiciones técnicas constructivas exigibles en el Código Técnico de la Edificación.
    4. d) Cuando se soliciten instalaciones eléctricas:

      Además de lo señalado en el apartado I.2.a) del presente Anexo:

      • - Cuando la solicitud incluya instalaciones eléctricas, cualquiera que sea su potencia prevista, la entidad organizadora deberá disponer de certificado de instalación eléctrica suscrito por instalador autorizado y sellado por la Conselleria con competencias en materia de Industria.
    5. e) Cuando se solicite la instalación de juegos infantiles o atracciones hinchables, con o sin la utilización de elementos mecánicos:

      Además de lo señalado en el apartado I.2.a) del presente Anexo:

      1. 1. Documento acreditativo del fabricante del hinchable donde se especifique el número de serie del hinchable, su nombre o denominación y la acreditación fehaciente de su homologación y del cumplimiento de la normativa UNE: EN 14960/2007.
      2. 2. Declaración responsable de la empresa instaladora de la atracción certificando que la instalación se llevará a cabo con cumplimiento de todas las medidas de seguridad exigibles y bajo la supervisión de personal técnico cualificado.
      3. 3. Certificado anual de revisión de la atracción.
      4. 4. Concluido el montaje de las instalaciones, la entidad organizadora deberá presentar certificado final de montaje suscrito por técnico competente, en el que se acredite que aquéllas reúnen las medidas necesarias que garanticen la adecuada solidez, resistencia, estabilidad y seguridad.
    6. f) Cuando se solicite la celebración de procesiones, cabalgatas, desfiles, pasacalles y análogas:

      Además de lo señalado en el apartado I.2.a) del presente Anexo:

      1. 1. La Memoria mencionada en el apartado a).3 del presente Anexo I.2, deberá contener, además, el itinerario por el que discurra el evento, con croquis preciso del recorrido, horario probable de paso por los distintos puntos del mismo y promedio previsto tanto de la cabeza del evento como del cierre de ésta.
      2. 2. Plan de emergencia y de autoprotección, para asegurar, con los medios humanos y materiales de que dispongan, la prevención de siniestros y la intervención inmediata en el control de los mismos.
      3. 3. Si en los actos participasen vehículos a motor, copia de la póliza de seguro de los mismos y recibo o certificado de la compañía aseguradora que acredite estar al corriente en el pago de la misma; así como copia del permiso de circulación y de la ficha de Inspección Técnica (I.T.V.)
    7. g) Cuando se solicite el cocinado de alimentos en la vía pública:

      Además de lo señalado en el apartado I.2.a) del presente Anexo:

      • - Deberá presentarse memoria de la actividad alimentaria que va a desarrollar, que contenga al menos, la descripción del tipo de actividad alimentaria, especificándose la relación de los establecimientos de procedencia de los alimentos.
    8. h) Cuando se solicite la instalación de mercadillos o, en general, de puestos de venta, de carácter no permanente:

      Además de lo señalado en el apartado I.2.a) del presente Anexo:

      1. 1. La Memoria mencionada en el apartado a).3 del presente Anexo I.2 deberá contener, además, el número de puestos a colocar, las características y dimensiones de los mismos, emplazándolos en plano acotado, y descripción del tipo de productos y mercancías a la venta.
      2. 2. Plan/Medidas de Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell.
      3. 3. Alta en el censo de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria en el/los Epígrafe/s que corresponda/n.
      4. 4. Alta en la Seguridad Social y recibo que acredite encontrarse al corriente del pago.
      5. 5. Si entre las actividades solicitadas se encuentra la instalación de puestos de venta de alimentos y bebidas, deberá presentarse, además, memoria descriptiva de la actividad alimentaria que va a desarrollar, suscrita, preferiblemente, por una empresa especializada, y que contenga al menos:
        • - Descripción del tipo de actividad alimentaria, indicándose si se llevará a cabo mediante la modalidad de mercadillo o actividad de catering, y especificándose si se trata de venta de alimentos envasados, venta de alimentos con manipulación, venta y elaboración de alimentos, etc.
        • - En su caso, empresa que desarrolla la actividad y autorizaciones o registro sanitario de la misma.
        • - Previsión del número de comensales o asistentes.
        • - Relación de los establecimientos de procedencia de los alimentos.
    9. i) Cuando se solicite la celebración de verbenas, conciertos y actividades análogas con repercusión sonora:

      Además de lo señalado en el apartado I.2.a) del presente Anexo:

      1. 1. Proyecto de instalación suscrito por técnico competente y ajustado al contenido y condiciones técnicas generales que fija la Ley 14/2010 de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos y el Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell; así como a las exigencias que establezca la demás normativa vigente que resulte de aplicación; debiendo recogerse expresamente el aforo y las medidas previstas para su control durante el desarrollo del evento, incluyendo Plan/Medidas de Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Decreto 52/2010.
      2. 2. En los supuestos de instalaciones de escasa complejidad técnica o que por sus características no lo requieran, el proyecto anterior se sustituirá por:
        1. a) Declaración responsable, suscrita por el técnico firmante del certificado al que se hace referencia en el apartado 3, en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que las instalaciones son de escasa complejidad técnica y/o por sus características no requieren proyecto de instalación.
        2. b) Memoria con la descripción detallada y especificaciones técnicas de todos los elementos e instalaciones que se prevean utilizar y planos de los mismos.
      3. 3. Concluido el montaje de las instalaciones, la entidad organizadora deberá presentar un certificado final de montaje suscrito por técnico competente, en el que se acredite que aquéllas se ajustan al proyecto o memoria presentados y reúnen las medidas necesarias que garanticen la adecuada solidez, resistencia, estabilidad, flexión y demás condiciones técnicas constructivas exigibles en el Código Técnico de la Edificación.
      4. 4. Cuando la solicitud incluya instalaciones eléctricas, cualquiera que sea su potencia prevista, la entidad organizadora deberá disponer de certificado de instalación eléctrica suscrito por instalador autorizado y sellado por la Conselleria con competencias en materia de Industria.
    10. j) Cuando los eventos se soliciten por una Comisión Fallera en periodo de Fallas:
      • A la Memoria señalada en el apartado a).3 del presente Anexo se acompañará plano de emplazamiento acotado y a escala 1:200 de todos los elementos e instalaciones que la comisión fallera desea ubicar en su demarcación (monumento, vallado del mismo, carpa, zona de fuegos, zona de actividades, venta de masas fritas, zona de venta ambulante, entarimados, contenedores, etc.), así como la circulación de los vehículos de emergencia en la demarcación fallera.
  3. I.3.- ACTIVIDADES CULTURALES, LÚDICAS Y ARTÍSTICAS
    1. I.3.1.- Ocupaciones con casetas de exposición y venta de libros
      1. 1. Instancia suscrita por el representante legal de la entidad organizadora, documento que acredite la representación de quien suscriba la solicitud y copia del CIF de la entidad organizadora.
      2. 2. Copia de los estatutos o escritura de constitución de la entidad solicitante y acreditación de la inscripción en el registro correspondiente.
      3. 3. Memoria en la que, al menos, deberá hacerse constar:
        • - Descripción de la actividad que se pretenda llevar a cabo en el dominio público.
        • - Días previstos de ocupación, incluyendo, en su caso, los necesarios para montaje y desmontaje de las instalaciones.
        • - Hora de inicio y fin de la ocupación, con indicación, en su caso, del horario diario de apertura y cierre de las casetas.
        • - Identificación del dominio público que se solicita ocupar, y plano o croquis de emplazamiento y delimitación del mismo, con indicación de si estará acotado.
        • - Descripción y especificaciones técnicas de todos los elementos e instalaciones que se prevean utilizar y planos de los mismos.
      4. 4. Póliza del seguro de responsabilidad civil, previsto en el artículo 132.d) y recibo de estar al corriente en su pago, o en su caso certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
      5. 5. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
      6. 6. Justificante, en su caso, del pago de las tasas correspondientes.
      7. 7. Concluido el montaje de las instalaciones, la entidad organizadora deberá presentar un certificado final de montaje suscrito por técnico competente, en el que se acredite que reúnen las medidas necesarias que garanticen la adecuada solidez, resistencia, estabilidad, flexión y demás condiciones técnicas constructivas exigibles en el Código Técnico de la Edificación.
      8. 8. Cuando la solicitud incluya instalaciones eléctricas, cualquiera que sea su potencia prevista, la entidad organizadora deberá disponer de certificado de instalación eléctrica suscrito por instalador autorizado y sellado por la Conselleria con competencias en materia de Industria.
    2. I.3.2.- Ubicación temporal de esculturas o instalación de exposiciones de carácter cultural
      1. 1. Instancia suscrita por la persona solicitante o el representante legal de la entidad solicitante.
      2. 2. Cuando el solicitante sea una persona jurídica, copia de los estatutos o escritura de constitución de la entidad solicitante y acreditación de la inscripción en el registro correspondiente de la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
      3. 3. Memoria descriptiva de la actividad que se va a desarrollar, en la que, al menos, deberá hacerse constar:
        • - Descripción de la actividad que se pretenda llevar a cabo en el dominio público.
        • - ías previstos de ocupación, incluyendo, en su caso, los necesarios para montaje y desmontaje de los elementos e instalaciones.
        • - Hora de inicio y fin de la ocupación, con indicación, en su caso, del horario diario de inicio y fin de la actividad.
        • - Identificación del dominio público que se solicita ocupar, y plano o croquis de emplazamiento y delimitación del mismo, con indicación de si estará acotado.
        • - Descripción y especificaciones técnicas de todos los elementos e instalaciones que se prevean utilizar y planos de los mismos.
        • - Indicación de si se precisa el cierre total o parcial del tráfico, con especificación, en su caso, de las vías públicas que necesitan ser despejadas de vehículos (precisando fechas y horarios).
      4. 4. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
      5. 5. En su caso, póliza del seguro de responsabilidad civil, previsto en el artículo 134.3 y recibo de estar al corriente en su pago, o certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
      6. 6. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
    3. I.3.3.- Rodajes audiovisuales y reportajes fotográficos
      1. 1. Instancia suscrita por la persona solicitante o el representante legal de la entidad solicitante.
      2. 2. Cuando el solicitante sea una persona jurídica, copia de los estatutos o escritura de constitución de la entidad solicitante y acreditación de la inscripción en el registro correspondiente y de la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
      3. 3. Memoria descriptiva de la actividad que va a desarrollar, que contenga al menos:
        • - Fecha/s, horario/s y localización/es en los que se pretende llevar a cabo la actividad.
        • - En su caso, indicación de la superficie de dominio público que se necesita acotar, con plano o croquis de situación.
        • - Descripción y especificaciones técnicas de todos los elementos auxiliares (carpas, escenarios, andamios u otras estructuras análogas) a utilizar para la grabación y planos de los mismos.
        • - Fechas y horarios previstos para las labores de montaje y retirada de los elementos e instalaciones.
        • - Indicación de si se precisa el cierre total o parcial del tráfico, con especificación, en su caso, de las vías públicas que necesitan ser despejadas de vehículos (precisando fechas y horarios).
        • - Especificación de si se trata de largometraje, cortometraje, spot publicitario, reportaje fotográfico, rodaje en cámara-car, etc.
        • - Datos personales de las personas que compondrán el equipo de rodaje.
        • - Datos personales y de contacto de la persona que se designe para relacionarse con el Ayuntamiento, la cual habrá de estar permanentemente a pie de grabación mientras se lleven a cabo las tareas de montaje y desmontaje de las instalaciones y durante el rodaje.
      4. 4. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
      5. 5. En su caso, póliza del seguro de responsabilidad civil, previsto en el artículo 138.2 y recibo de estar al corriente en su pago, o certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
      6. 6. Justificante del pago de la tasa.
    4. I.3.4.- Circos y atracciones feriales
      1. I.3.4.1.- Documentación a presentar junto a la solicitud
        1. 1. Instancia suscrita por la persona organizadora o representante legal de la entidad organizadora, con descripción de la actividad que se pretenda llevar a cabo en el dominio público, relación de los días previstos de ocupación, incluyendo, en su caso, los necesarios para montaje y desmontaje de las instalaciones, e indicación de la superficie de dominio público que se necesita ocupar, con plano o croquis de situación.
        2. 2. Documento que, en su caso, acredite la representación de quien suscriba la solicitud y copia del NIF/CIF de la persona o entidad organizadora.
        3. 3. Proyecto técnico de instalación y funcionamiento, conforme a lo dispuesto en la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos y en el Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha ley.
        4. 4. Cuando la solicitud incluya instalaciones eléctricas de potencia superior a 50kW, se acompañará también proyecto de instalación de las mismas suscrito por técnico competente.
        5. 5. Póliza de seguro y recibo de estar al corriente en el pago de la misma, para cubrir los riesgos derivados de la explotación y responsabilidad civil, por la cuantía y según modelo de certificación establecidos en la Ley 14/2010 y en el Decreto 52/2010.
        6. 6. Declaración responsable de la persona o entidad organizadora manifestando que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para la organización de un espectáculo público, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad.
        7. 7. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
        8. 8. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
        9. 9. Si entre las actividades solicitadas se encuentra la instalación de puestos de venta de alimentos y bebidas, deberá presentarse memoria descriptiva de la actividad alimentaria que va a desarrollar, suscrita, preferiblemente, por una empresa especializada, y que contenga al menos:
          • - Descripción del tipo de actividad alimentaria, indicándose si se llevará a cabo mediante la modalidad de mercadillo o actividad de catering, y especificándose si se trata de venta de alimentos envasados, venta de alimentos con manipulación, venta y elaboración de alimentos, etc.
          • - Previsión del número de comensales o asistentes.
          • - Relación de los establecimientos de procedencia de los alimentos.
        10. 10. En el caso de espectáculos con animales, se aportará declaración responsable de la persona o entidad organizadora del espectáculo garantizando que los animales no serán objeto de maltrato ni de tratamientos antinaturales y que se cumplirá la normativa vigente en materia de sanidad animal y la legislación zoosanitaria para el ejercicio de la actividad.
      2. I.3.4.2.- Documentación a presentar una vez finalizado el montaje de las instalaciones.
        1. 1. Certificado final de montaje suscrito por técnico competente, en el que se acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto presentado y reúnen las medidas necesarias de solidez, resistencia, estabilidad, flexión y demás condiciones técnicas constructivas exigibles en el Código Técnico de la Edificación.
        2. 2. Certificado de instalación eléctrica suscrito por instalador autorizado y sellado por la Conselleria con competencias en materia de Industria.
    5. I.3.5.- Actuaciones musicales y otras actividades artísticas
      1. 1. Instancia suscrita por la persona solicitante o el representante legal de la entidad solicitante.
      2. 2. Cuando el solicitante sea una persona jurídica, copia de los estatutos o escritura de constitución de la entidad solicitante y acreditación de la inscripción en el registro correspondiente y de la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
      3. 3. Memoria descriptiva de la actividad que se va a desarrollar, en la que, al menos, deberá hacerse constar:
        • - Descripción de la actividad que se pretenda llevar a cabo en el dominio público.
        • - Trimestre para el que se solicita la autorización.
        • - Indicación de la zona (Ciutat Vella o Resto Ciudad) para la que se solicita la autorización, numerándolas por orden de preferencia.
        • - Identificación de todas las personas que vayan a participar en la actividad para la que se solicita la autorización.
        • - Descripción y especificaciones de todos los instrumentos, elementos e instalaciones que se prevean utilizar con expresa referencia, en su caso, a los elementos sonoros.
        • - Experiencia del solicitante en el ejercicio de la actividad que se pretende desarrollar en dominio público.
      4. 4. Aportación de títulos, certificaciones académicas o diplomas expedidos por entidades u organismos públicos o privados competentes, nacionales o extranjeros, que, en su caso, acrediten que el solicitante posee titulación o estudios directamente relacionados con la actividad artística de que se trate.
  4. I.4.- ACTIVIDADES INFORMATIVAS, PUBLICITARIAS Y SOLIDARIAS
    1. I.4.1.- Distribución gratuita de prensa
      1. 1. Instancia suscrita por la persona solicitante o el representante legal de la entidad solicitante.
      2. 2. Cuando el solicitante sea una persona jurídica o actúe mediante representación, deberá acompañarse documento que acredite la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
      3. 3. Alta fiscal y en el régimen de la Seguridad Social de las personas físicas o jurídicas solicitantes.
      4. 4. Memoria justificativa que describa los medios materiales y personales con los que se pretenda desarrollar la actividad, identificando las personas que vayan a actuar como agentes de reparto, así como los emplazamientos en los que solicite situar los puntos de reparto, de forma que permita su identificación exacta.
      5. 5. Declaración responsable del solicitante de que los emplazamientos elegidos se encuentran a una distancia superior a 50 metros lineales, de cualquier quiosco, establecimiento comercial o punto de venta de prensa diaria, cuando ésta sea su actividad principal.
      6. 6. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
    2. I.4.2.- Distribución gratuita de publicidad en los supuestos previstos en el artículo 159.3:
      1. 1. Instancia general en modelo normalizado en la que, además de los datos personales del solicitante, deberá indicarse al menos:
        • - Identificación de la vía pública y número de policía donde se va a llevar a cabo la actividad.
        • - Copia del impreso publicitario que se pretende repartir.
        • - Día y hora en que se pretende llevar a cabo la actividad.
      2. 2. Cuando el solicitante sea una persona jurídica o actúe mediante representación, deberá acompañarse documento que acredite la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
      3. 3. Datos identificativos de la licencia de apertura a nombre de la persona o entidad solicitante de la ocupación, o, en su caso, acreditación de que se ostenta el derecho a abrir el establecimiento o local de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat.
      4. 4. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
      5. 5. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
    3. I.4.3.- Instalación de carpas u otras instalaciones análogas para actividades informativas, de sensibilización o promocionales:
      1. a) Con carácter general:
        1. 1. Instancia suscrita por el organizador del evento o representante legal de la entidad organizadora.
        2. 2. Documento que acredite la representación de quien suscriba la solicitud y fotocopia del NIF/CIF de la persona o entidad organizadora.
        3. 3. Cuando el organizador sea una organización no gubernamental o entidad de carácter social o ciudadano sin ánimo de lucro, se acompañará copia de los estatutos y documento justificativo de la inscripción en el registro correspondiente.
        4. 4. Memoria que contenga al menos:
          • - Descripción de la actividad a desarrollar.
          • - Fecha/s y horario/s en los que se pretende llevar a cabo la actividad.
          • - Fechas y horarios previstos para las labores de montaje y retirada de los elementos e instalaciones.
          • - Identificación del dominio público que se solicita ocupar, con referencia a los números de policía de las vías públicas y plano de emplazamiento y delimitación del espacio a ocupar, con indicación de si el mismo estará acotado; diferenciando, en su caso, los espacios que se destinarán a cada tipo de actividad.
          • - Indicación de si se precisa el cierre total o parcial del tráfico, con especificación, en su caso, de las vías públicas que necesitan ser despejadas de vehículos (precisando fechas y horarios) y de las zonas en las que se solicita reserva de estacionamiento o prohibición de aparcar por motivo del evento.
          • - Propuesta de medidas de señalización del evento.
        5. 5. Proyecto de instalación suscrito por técnico competente y ajustado al contenido y condiciones técnicas generales que fija la Ley 14/2010 de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos y el Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell; así como a las exigencias que establezca la demás normativa vigente que resulte de aplicación; debiendo recogerse expresamente el aforo y las medidas previstas para su control durante el desarrollo del evento, incluyendo Plan/Medidas de Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Decreto 52/2010.
        6. 6. En los supuestos de instalaciones de escasa complejidad técnica o que por sus características no lo requieran, el proyecto anterior se sustituirá por:
          1. a) Declaración responsable, suscrita por el técnico firmante del certificado al que se hace referencia en el apartado 7, en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que las instalaciones son de escasa complejidad técnica y/o por sus características no requieren proyecto de instalación.
          2. b) Memoria con la descripción detallada y especificaciones técnicas de todos los elementos e instalaciones que se prevean utilizar y planos de los mismos.
        7. 7. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
        8. 8. Concluido el montaje de las instalaciones, la entidad organizadora deberá presentar un certificado final de montaje suscrito por técnico competente, en el que se acredite que aquéllas se ajustan al proyecto o memoria presentados y reúnen las medidas necesarias que garanticen la adecuada solidez, resistencia, estabilidad, flexión y demás condiciones técnicas constructivas exigibles en el Código Técnico de la Edificación; así como certificado de instalación eléctrica suscrito por instalador autorizado y sellado por la Conselleria con competencias en materia de Industria.
      2. b) Cuando se solicite la instalación de carpas o instalaciones análogas que requieran proyecto de instalación y hubieran sido autorizadas por el Ayuntamiento en el año anterior en el mismo emplazamiento:

        El proyecto de instalación señalado en el apartado anterior se sustituirá por:

        1. 1. Declaración responsable suscrita por el organizador del evento en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que la instalación a ubicar en dominio público tiene las mismas características, dimensiones y emplazamiento que la autorizada por el Ayuntamiento de Valencia en el año anterior.
        2. 2. Plano de emplazamiento acotado y a escala 1:200 de los elementos e instalaciones a ubicar en dominio público.
        3. 3. Concluido el montaje de las instalaciones, la entidad organizadora deberá presentar un certificado final de montaje suscrito por técnico competente, en el que se acredite que aquéllas reúnen las medidas necesarias que garanticen la adecuada solidez, resistencia, estabilidad, flexión y demás condiciones técnicas constructivas exigibles en el Código Técnico de la Edificación.
    4. I.4.4.- Cuestaciones, mesas informativas y petitorias y otras actividades con fines solidarios:
      1. 1. Instancia suscrita por el organizador del evento o representante legal de la entidad organizadora.
      2. 2. Documento que acredite la representación de quien suscriba la solicitud y fotocopia del NIF/CIF de la persona o entidad organizadora.
      3. 3. Cuando el organizador sea una organización no gubernamental o entidad de carácter social o ciudadano sin ánimo de lucro, se acompañará copia de los estatutos y documento justificativo de la inscripción en el registro correspondiente.
      4. 4. Memoria descriptiva de la actividad que va a desarrollar, que contenga al menos:
        • - Fecha/s, horario/s y localización/es en los que se pretende llevar a cabo la actividad.
        • - En su caso, indicación de la superficie de dominio público que se necesita ocupar, con plano o croquis de situación.
        • - Descripción y especificaciones técnicas de todos los elementos auxiliares que se pretendan utilizar (mesas, sombrillas, toldos u otras instalaciones análogas).
      5. 5. Declaración responsable de la persona o entidad organizadora de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
      6. 6. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
      7. 7. En el supuesto de que para el desarrollo de la actividad se pretenda la instalación de sombrillas, toldos u otras instalaciones análogas, la persona o entidad solicitante aportará póliza de seguro de responsabilidad civil y recibo de estar al corriente en su pago, o en su caso certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
      8. 8. En el caso de mesas petitorias y mercadillos solidarios, habrá de aportarse además documento acreditativo de que la actividad viene avalada por una administración pública con competencia en la materia para cuyo fin se efectúe.
    5. I.4.5.- Unidades móviles para la retransmisión televisiva de eventos:
      1. 1. Instancia suscrita por la persona solicitante o el representante legal de la entidad solicitante.
      2. 2. Cuando el solicitante sea una persona jurídica o actúe mediante representación, deberá acompañarse documento que acredite la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
      3. 3. Póliza de seguro de los vehículos utilizados y recibo o certificado de la compañía aseguradora que acredite estar al corriente en el pago de la misma.
      4. 4. Copia del permiso de circulación de los vehículos utilizados.
      5. 5. Copia del anverso y reverso de la ficha de Inspección Técnica de los vehículos (I.T.V.)
      6. 6. Tarjeta de Transporte.
      7. 7. Póliza de seguro y recibo o certificado de la compañía aseguradora que acredite estar al corriente en el pago de la misma, para cubrir los riesgos derivados de la actividad a realizar por los medios de comunicación en la vía pública.
      8. 8. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
      9. 9. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
  5. I.5.- CELEBRACION DE EVENTOS DEPORTIVOS

    I.5.1.- Documentación a presentar junto a la solicitud:

    1. 1. Instancia suscrita por el organizador del evento o representante legal de la entidad organizadora.
    2. 2. Documento que acredite la representación de quien suscriba la solicitud y copia del NIF/CIF de la persona o entidad organizadora.
    3. 3. Proyecto de Actividad del Evento que deberá incluir:
      • - Nombre de la actividad y, en su caso, número cronológico de la edición.
      • - Fecha y horario previsto de celebración.
      • - Reglamento de la prueba.
      • - Croquis preciso del recorrido, itinerario, perfil, horario probable de paso por los distintos puntos del mismo, ubicación, en su caso, de los puntos de avituallamiento, y promedio previsto tanto de la cabeza de la prueba como del cierre de ésta.
      • - Número aproximado de participantes.
      • - Calles que necesitan ser despejadas de vehículos (especificar fechas y horarios).
      • - Descripción y especificaciones técnicas de todos los elementos que se vayan a montar y planos de los mismos.
      • - Fechas y horarios previstos para las labores de montaje y retirada de los elementos e instalaciones.
      • - Recursos humanos con los que cuenta la entidad organizadora para el evento, con identificación de los responsables de la organización y del responsable de seguridad vial que dirigirá la actividad del personal auxiliar habilitado, facilitando un medio de interlocución directo de todos ellos con el Ayuntamiento.
      • - Proposición de medidas de señalización de la prueba y de los dispositivos de seguridad previstos en los posibles puntos de riesgo del itinerario, así como descripción de la función que deba desempeñar el personal auxiliar en dichos puntos.
      • - Relación de los servicios sanitarios.
    4. 4. Permiso de organización expedido por la federación deportiva correspondiente, cuando así lo exija la legislación deportiva.

    I.5.1. bis.- Documentación a presentar junto a la solicitud en los supuestos previstos en el artículo 175.2:

    1. 1. Instancia suscrita por el representante legal del centro educativo o asociación sin ánimo de lucro en la que se indique:
      • - Lugar, fecha y hora del evento.
      • - Croquis preciso con el recorrido del mismo.
      • - Número aproximado de participantes previsto.
      • - Certificación de que la prueba no tiene carácter competitivo.
    2. 2. Documento que acredite la representación de quien suscriba la solicitud y copia del CIF del centro educativo o asociación.
    3. 3. Póliza del seguro de responsabilidad civil previsto en el artículo 180 y recibo de estar al corriente en su pago, o en su caso certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
    4. 4. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
    5. 5. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.

    I.5.2.- Documentación a presentar con una antelación mínima de 10 días a la celebración del evento:

    1. 1. Documento de la empresa de ambulancias contratada que certifique la cobertura de la prueba y persona responsable de la coordinación de los servicios médicos (incluyendo número de teléfono u otro medio de interlocución directo con el Ayuntamiento).
    2. 2. Escrito de la empresa contratada que coloque los WC químicos certificando el número de los mismos y su ubicación.
    3. 3. Escrito de la empresa contratada de limpieza que certifique la limpieza posterior de la zona afectada por el evento y medios a utilizar.
    4. 4. Plan de evacuación y emergencias que incluirá además la identificación y localización de servicios de urgencias médicas, así como de los hospitales y centros de salud más cercanos al recorrido.
    5. 5. Si el evento utiliza el puente del canal perteneciente a la Autoridad Portuaria, el organizador debe redactar un documento en el que se compromete a dejarlo en las mismas condiciones en las que se le ha entregado.
    6. 6. Justificante, en su caso, de la constitución de la fianza que haya sido exigida en la resolución.
    7. 7. Documento acreditativo del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en la construcción, en relación con los trabajos a realizar (evaluación de riesgos y medidas preventivas a adoptar en la ejecución de los trabajos, montajes, desmontajes, instalaciones y la propia actividad, en su caso).
    8. 8. Póliza del seguro de responsabilidad civil previsto en el artículo 180 y recibo de estar al corriente en su pago, o en su caso certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
    9. 9. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
    10. 10. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
    11. 11. Certificados de homologación de los materiales a montar.
    12. 12. Memoria de instalaciones eléctricas, fontanería, aire acondicionado, etc. redactada y firmada por técnico competente, en la que al menos se contenga una descripción general de las instalaciones (uso, tipología, emplazamiento, distribución, instalador, etc.).
    13. 13. Cuando la solicitud incluya el montaje en el dominio público de instalaciones o estructuras de carácter temporal, tales como gradas, tarimas, escenarios, torres o análogas, deberá aportarse además proyecto de instalación suscrito por técnico competente y ajustado a las exigencias que establezca la normativa vigente que resulte de aplicación, salvo en los supuestos de instalaciones de escasa complejidad técnica o que por sus características no lo requieran, en cuyo caso el proyecto anterior se sustituirá por:
      1. a) Declaración responsable, suscrita por el técnico firmante del certificado al que se hace referencia en el apartado I.5.3, en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que las instalaciones son de escasa complejidad técnica y/o por sus características no requieren proyecto de instalación.
      2. b) Memoria con la descripción detallada y especificaciones técnicas de todos los elementos e instalaciones que se prevean utilizar y planos de los mismos.
    14. 14. Cuando la solicitud incluya instalaciones eléctricas de potencia superior a 50kW, se acompañará también proyecto de instalación de las mismas suscrito por técnico competente.
    15. 15. Declaración responsable, firmada por el técnico competente que haya de suscribir el certificado final de montaje, con el compromiso de que previamente a la celebración del evento emitirá dicho certificado, así como que su actuación profesional está cubierta por la correspondiente póliza vigente de seguro de responsabilidad civil.
    16. 16. Declaración responsable, firmada por el instalador autorizado que haya de suscribir el certificado final de instalación eléctrica, con el compromiso de que previamente a la celebración del evento emitirá dicho certificado.

    I.5.3.- Documentación a presentar una vez finalizado el montaje de las instalaciones:

    1. 1. Certificado final de montaje suscrito por técnico competente, en el que se acredite que aquéllas se ajustan al proyecto o memoria presentados y reúnen las medidas necesarias que garanticen la adecuada solidez, resistencia, estabilidad, flexión y demás condiciones técnicas constructivas exigibles en el Código Técnico de la Edificación.
    2. 2. Certificado de instalación eléctrica suscrito por instalador autorizado y sellado por la Conselleria con competencias en materia de Industria.
  6. I.6.- CONTENEDORES DE MUEBLES Y ENSERES.

    Junto a la solicitud habrá de aportarse:

    1. 1. Documento que, en su caso, acredite la representación de quien suscriba la solicitud y copia del NIF/CIF de la persona o entidad solicitante.
    2. 2. Memoria en la que, al menos, deberá hacerse constar:
      • - Fechas o periodos para los que se solicita la ocupación.
      • - Identificación del dominio público que se solicita ocupar, con referencia a los números de policía de la vía pública y plano o croquis de emplazamiento acotando claramente: el ancho de acera y de calzada, las zonas reservadas a aparcamiento de vehículos, la distancia al bordillo, e identificando los elementos existentes en la vía pública (tales como árboles, semáforos, papeleras, farolas, armarios de instalación del servicio público, señales de tráfico, contenedores de residuos, bancos, y cualesquiera otros que permitan conocer el espacio libre existente para compatibilizar el resto de usos permitidos en la vía pública con la instalación pretendida).
      • - Descripción de forma detallada de las características del contenedor que se pretenda instalar.
      • - Identificación de la empresa propietaria del contenedor, y número de teléfono de contacto disponible las 24 horas para avisar en caso de emergencias.
    3. 3. Declaración responsable del solicitante de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
    4. 4. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
    5. 5. Copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil de la empresa propietaria del contenedor, previsto en el artículo 196.1, y recibo de estar al corriente de su pago, o certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
  7. I.7.- EXTENSIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL AL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL.

    Junto a la solicitud habrá de aportarse:

    1. 1. Documento que, en su caso, acredite la representación de quien suscriba la solicitud y copia del NIF/CIF de la persona o entidad solicitante.
    2. 2. Datos identificativos del título habilitante para la apertura del establecimiento o local, a nombre de la persona o entidad solicitante de la ocupación.
    3. 3. Memoria en la que, al menos, deberá hacerse constar:
      • - Fechas o periodos para los que se solicita la ocupación, con indicación del horario de apertura y cierre del establecimiento o local.
      • - Identificación del dominio público que se solicita ocupar, con referencia a los números de policía de la vía pública y plano o croquis de emplazamiento con indicación de todos los elementos o instalaciones a ubicar en él, acotando claramente: el ancho de acera, la longitud de la fachada del local, las dimensiones de la ocupación, la distancia al bordillo y a la fachada, e identificando los elementos existentes en la vía pública (tales como árboles, semáforos, papeleras, farolas, armarios de instalación del servicio público, señales de tráfico, contenedores de basura, bancos, y cualesquiera otros que permitan conocer el espacio libre existente para compatibilizar el resto de usos permitidos en la vía pública con la instalación pretendida).
      • - Descripción y especificaciones de todos los elementos e instalaciones que se prevean utilizar en la ocupación.
    4. 4. Declaración responsable del solicitante de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
    5. 5. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
    6. 6. En los casos de ocupación con elementos decorativos junto a la puerta de los establecimientos o locales comerciales, con motivo de las fiestas navideñas: habrá de aportarse copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil previsto en el artículo 207.1.c) y recibo de estar al corriente de su pago, o certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
    7. 7. En los casos de toldos de protección de escaparates: la memoria describirá los detalles que definan el toldo en todos sus componentes, forma, dimensiones, color, material, publicidad, etc.
    8. 8. En los casos de eventos comerciales que generan permanencia de personas en el dominio público: la memoria describirá, además, los actos de inauguración, lanzamiento o promoción de artículos, las campañas de ventas y eventos análogos que motiven la petición; el horario previsto de inicio y fin de la ocupación; y los medios personales y materiales previstos para el control de las personas asistentes al evento mientras permanezcan ocupando el dominio público.
  8. I.8.- INSTALACION DE ELEMENTOS PARA LA PROTECCION DE ACERAS.
    1. 1. Instancia suscrita por la persona solicitante o el representante legal de la entidad solicitante.
    2. 2. Cuando el solicitante sea una persona jurídica o actúe mediante representación, deberá acompañarse documento que acredite la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
    3. 3. Autorización expresa de los propietarios de los inmuebles que recaigan frente a los puntos solicitados para la instalación de los elementos protectores de aceras. En los casos de Comunidades de Propietarios, la autorización se acreditará mediante certificación o copia del acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios.
    4. 4. Croquis en el que figure acotada la longitud y forma del ancho de fachada, del bordillo de acera con los anchos de la misma, y los puntos exactos en los que se solicita la colocación de los elementos de protección.
    5. 5. Declaración responsable de la persona o entidad solicitante comprometiéndose a asumir los gastos de instalación y mantenimiento de los elementos de protección.
    6. 6. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
  9. I.9.- OCUPACION CON CABINAS O SOPORTES TELEFÓNICOS.
    1. 1. Instancia suscrita por el representante legal de la entidad solicitante.
    2. 2. Documento que acredite la representación de quien suscriba la solicitud.
    3. 3. Proyecto de instalación suscrito por técnico competente.
    4. 4. Memoria descriptiva del tipo de ocupación que se va a realizar.
    5. 5. Plano de situación acotado y con indicación de los elementos de mobiliario urbano existentes en el área de influencia de la ocupación.
    6. 6. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
  10. I.10.- VEHÍCULOS TURÍSTICOS.
    1. 1. Instancia suscrita por la persona solicitante o el representante legal de la entidad solicitante.
    2. 2. Cuando el solicitante sea una persona jurídica o actúe mediante representación, deberá acompañarse documento que acredite la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
    3. 3. Memoria en la que, al menos, deberá hacerse constar:
      • - Días y horarios de circulación de los vehículos.
      • - Itinerarios a seguir y paradas a efectuar, con identificación del dominio público que se solicita ocupar, y referencia a los números de policía de la vía pública con plano o croquis de emplazamiento de las paradas.
      • - Descripción y especificaciones técnicas de todos los vehículos que se prevean utilizar, con indicación expresa de si incorporarán publicidad, debiendo en tal caso, describir las características y contenido de la misma.
    4. 4. Copia de la póliza de seguro de los vehículos utilizados y recibo o certificado de la compañía aseguradora que acredite estar al corriente en el pago de la misma.
    5. 5. Copia del permiso de circulación de los vehículos utilizados.
    6. 6. Copia del anverso y reverso de la ficha de Inspección Técnica de los vehículos (I.T.V.).
    7. 7. Identificación de las personas que conduzcan los vehículos y acreditación de que ostentan los permisos necesarios para ello.
    8. 8. Copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil previsto en el artículo 223.1 y recibo de estar al corriente de su pago, o certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
    9. 9. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
    10. 10. Justificante, en su caso, del pago de la tasa.
    11. 11. En los casos de carruajes o vehículos que utilicen como sistema de tracción el arrastre por medio de caballerías, deberán incluir en la memoria, además, la descripción de los sistemas previstos para la recogida de excrementos de los animales y aportar certificación veterinaria actualizada expedida por facultativo competente que acredite las condiciones sanitarias favorables de las caballerías.
  11. I.11.- OCUPACIONES DEL DOMINIO PÚBLICO CON MOTIVO ACTIVIDADES QUE IMPLIQUEN EL USO DEL ESPACIO AÉREO.
    1. 1. Instancia suscrita por la persona solicitante o el representante legal de la entidad solicitante.
    2. 2. Cuando el solicitante sea una persona jurídica, copia de los estatutos o escritura de constitución de la entidad solicitante y acreditación de la inscripción en el registro correspondiente y de la representación que ostenta el firmante de la solicitud.
    3. 3. Memoria descriptiva de la actividad que va a desarrollar, que contenga al menos:
      • - Fecha/s, horario/s y localización/es en los que se pretende llevar a cabo la actividad.
      • - Indicación de la superficie de dominio público que se necesita acotar, con plano o croquis de situación.
      • - Descripción y especificaciones técnicas de las aeronaves.
      • - Coordenadas geográficas, altitud a la que se elevará la aeronave y altura de ésta sobre terreno.
      • - Identificación de las personas que se encarguen de pilotar las aeronaves y acreditación de que ostentan los permisos necesarios para ello.
      • - En su caso, descripción y especificaciones técnicas de todos los elementos auxiliares (carpas, escenarios, gradas u otras estructuras análogas) a utilizar y planos de los mismos, con indicación de las fechas y horarios previstos para las labores de montaje y retirada.
      • - Indicación de si se precisa el cierre total o parcial del tráfico, con especificación, en su caso, de las vías públicas que necesitan ser despejadas de vehículos (precisando fechas y horarios).
      • - Datos personales y de contacto de la persona que se designe para relacionarse con el Ayuntamiento, la cual habrá de estar presente mientras se lleve a cabo la actividad en dominio público, así como, en su caso, durante las labores de montaje y desmontaje de las instalaciones.
    4. 4. Copia de la autorización de la "Agencia Estatal de Seguridad Aérea" u organismo competente que lo sustituya, a efectos de la posible incidencia del acto sobre la navegación aérea.
    5. 5. Declaración responsable de estar al corriente en los pagos al Ayuntamiento por cualquier concepto, no teniendo deudas de ninguna naturaleza que se encuentren en periodo ejecutivo, con el compromiso de mantener esa condición durante todo el periodo de ocupación autorizado.
    6. 6. Resguardo del depósito de la fianza prevista en el artículo 234.
    7. 7. Copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil, previsto en el artículo 235 y recibo de estar al corriente en su pago, o certificado de la aseguradora que acredite ambos extremos.
    8. 8. Justificante del pago de la tasa.

ANEXO II. HOMOLOGACIÓN DE MESAS, SILLAS Y OTROS ELEMENTOS AUXILIARES A INSTALAR EN TERRAZAS VINCULADAS A ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

El mobiliario e instalaciones de la terraza que a continuación se describe, se corresponde con modelos existentes en el mercado que reúnen las características que se entienden precisas para su función, de forma que sean de material resistente, de fácil limpieza y de buena calidad.

A fin de facilitar la adquisición de los citados elementos, la descripción de los mismos se realiza con la intención de que el mobiliario de la terraza sea de las características definidas o similares, pudiendo el Ayuntamiento, a solicitud del interesado, permitir la instalación de modelos diferentes a los que a continuación se exponen, siempre que su calidad sea superior a la de los tipos propuestos.

En espacios en los que existan diversos establecimientos con terrazas, el Ayuntamiento podrá exigir que las instalaciones de todas ellas se ajusten a unos mismos modelos, a fin de procurar la mayor armonía visual y adecuación al entorno. Todo el mobiliario e instalaciones de la terraza de un mismo establecimiento o local, deberá tener un diseño y tratamiento cromático unitario.

  1. II.1.- MODELOS DE MESAS Y SILLAS
    • Los modelos de mesas y sillas a instalar serán los que se relacionan a continuación, debiendo ser apilables, de material resistente, de fácil limpieza y de buena calidad, diseñados de tal forma que su instalación no represente potencial riesgo para peatones y personas usuarias, y con los extremos de las patas con gomas para minimizar el ruido por arrastre de las mismas:
      1. I. Mesa de madera natural con tablero cuadrado o redondo.
      2. II. Mesa de aluminio, con tablero de acero inoxidable cuadrado o redondo.
      3. III. Silla de madera natural en respaldo y asiento.
      4. IV. Sillas de estructura de aluminio, con respaldo y asiento en médula plastificada, en colores granate, crema o verde.
      5. V. Silla de estructura de aluminio y acabado de lamas de madera en respaldo y asiento.
      6. VI. Silla de estructura de aluminio, con respaldo y asiento en el mismo material.
      7. VII. Silla de estructura de aluminio, con respaldo y asiento de polipropileno en acabados de buena calidad, y en colores claros.
    • El titular del establecimiento podrá elegir libremente el tipo de mesa y silla dentro de los modelos homologados que se han detallado anteriormente, con las limitaciones recogidas en el apartado II.6 del presente Anexo. En cualquier caso, todas las mesas y sillas que se instalen en terraza por un establecimiento serán del mismo color, material y diseño.
    • Las sillas podrán incluir el nombre, logotipo o razón social del establecimiento o del patrocinador comercial en la parte posterior del respaldo, ocupando una superficie máxima de 5 x 10 centímetros.
  2. II.2.- MODELOS DE SOMBRILLAS.
    • Las sombrillas serán de fuste de madera o metálico, con acabados lisos en plástico lavable o tela de lona.
    • Todas las sombrillas que se instalen en terraza por un establecimiento serán del mismo color, material y diseño.
    • Deberán disponer de una base con suficiente peso para evitar su caída, sin que puedan ir ancladas al pavimento, salvo en el supuesto previsto en el apartado 7.
    • La altura mínima libre será de 2,20 metros y la dimensión máxima de la sombrilla deberá permitir que su superficie quede inscrita en un círculo de 3 metros de diámetro.
    • Las sombrillas podrán incluir el nombre, logotipo o razón social del establecimiento o patrocinador comercial en los faldones de las mismas, ocupando una superficie máxima de 10 x 20 centímetros. En tal caso deberán alternarse los faldones grafiados con otros sin rotular.
    • En el supuesto de no disponer de faldones, el nombre o razón social del establecimiento o patrocinador comercial se podrá grafiar en la parte más baja de la sombrilla, respetando las dimensiones máximas antes expuestas y la alternancia con espacios sin grafiar.
    • Excepcionalmente, las sombrillas podrán contar con un sistema de sujeción machihembrada, siempre que no afecte a los servicios existentes en el subsuelo ni se ubiquen sobre terrenos que se encuentren sobre aparcamientos subterráneos. Una vez retiradas las sombrillas, no quedarán sobresaliendo de la rasante del pavimento elementos ni partes del mecanismo, ni orificios abiertos en aquél.
  3. II.3.- MODELOS DE TOLDOS
    • Los toldos que se instalen en terrazas deberán ser de material flexible, con acabados lisos.
    • Podrán tener cerramientos verticales como máximo a tres caras. Dichos cerramientos serán enrollables y flexibles, y transparentes en una parte de su superficie.
    • No podrán emplearse cimentaciones fijas para su sujeción al pavimento.
    • Los elementos de sujeción de aquellos toldos que se retiren temporalmente de la superficie autorizada, deberán contar con dispositivos que permitan su ocultación y eviten cualquier riesgo para los viandantes.
    • Si los toldos incorporan instalaciones fijas de electricidad, refrigeración o calefacción u otras análogas, las mismas deberán contar con la documentación y certificaciones técnicas que acrediten su seguridad, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I.1.
  4. II.4.- ELEMENTOS SEPARADORES, PROTECCIONES LATERALES Y PERIMETRALES Y OTROS ELEMENTOS.
    • Podrán instalarse elementos separadores en la terraza, tales como maceteros, jardineras, mamparas y análogos, para la mejor ordenación del dominio público ocupado, siempre que se trate de elementos móviles, desmontables y de escaso impacto visual, que se ubiquen dentro del espacio autorizado y que no supongan riesgo para los peatones ni sean susceptibles de producir daños en el dominio público. Deberán retirarse diariamente del dominio público junto con el resto del mobiliario.
    • En el supuesto de que se instalen maceteros o jardineras:
      1. 1. Deberán disponer de una base lo suficientemente estable y consistente para garantizar su estabilidad.
      2. 2. Si contienen plantas naturales, el cuidado y mantenimiento de las mismas será responsabilidad de la persona o entidad beneficiaria de la autorización.
    • En el supuesto de que se instalen mamparas u otros elementos separadores o delimitadores análogos:
      1. a) Podrá contar con partes ciegas, traslúcidas y transparentes, con franjas, en este último caso, que identifiquen visualmente la existencia de la misma.
      2. b) La parte ciega no podrá alcanzar más de 0,80 metros, debiendo ser estos elementos, en el resto de la altura, traslúcidos o transparentes.
      3. c) Su altura no será inferior a 0,40 metros ni superior a 1,20 metros, y podrán colocarse en los laterales o perimetralmente al espacio ocupado por la terraza, siempre dentro de la superficie autorizada, y dejando libre el frente de la terraza más próximo al establecimiento o local.
      4. d) En el supuesto de paneles de vidrio, estos habrán de ser de seguridad.
      5. Los atriles informativos, carteles de menú y elementos similares no podrán tener unas dimensiones que superen los 0,60 metros de ancho x 0,90 metros de alto, y su diseño deberá garantizar la estabilidad de los mismos.
  5. II.5.- INSTALACIONES DE APOYO.
    • Los titulares de terrazas instaladas en zonas ajardinadas separadas del establecimiento o local por un tramo de calzada a cruzar, podrán colocar en el espacio autorizado y acotado para su terraza, una instalación de apoyo que tendrá carácter de instalación auxiliar para facilitar el desarrollo de la actividad. Servirá exclusivamente de soporte a los elementos de menaje y a los productos destinados al consumo en la terraza.
    • No podrán utilizarse dichas instalaciones como barra de servicio, desarrollar funciones de cocinado, elaboración o manipulación de alimentos, ni dedicarse a ningún otro uso que desvirtúe su carácter estrictamente auxiliar.
    • La instalación será empleada únicamente por camareros y personal de la terraza y no se permitirá atender desde ella al público en general.
  6. II.6.- LIMITACIONES
    • Los titulares de establecimientos ubicados en las vías públicas que a continuación se enumeran, deberán limitarse a los modelos de mesas y sillas determinados en los puntos I, III, IV y V, del apartado II.1 del presente Anexo y las sombrillas a instalar deberán ser de tela de lona, sin faldones. Las vías públicas a las que afecta dicha limitación son:
      • o Plaza del Ayuntamiento.
      • o Plaza de la Reina.
      • o Plaza de la Virgen.
      • o Calle Navellos.
      • o Plaza de Manises.
      • o Calle Bailía.
      • o Plaza Redonda.
      • o Plaza Lope de Vega.
      • o Plaza de Santa Catalina.
      • o Entorno del Mercado Central y de la Lonja: plaza del Mercado, calle Palafox, calle Blanes, calle En Gall, calle de Cordellats, calle La Lonja, calle Escalones de la Lonja, plaza Doctor Collado, calle Estamañería Vieja y calle Ercilla.
      • o Gran Vía de Fernando el Católico.
      • o Gran Vía Marqués del Turia.
      • o Gran Vía Ramón y Cajal.
      • o Paseo de la Alameda.
      • o Plaza Cánovas del Castillo.
      • o Avenida Antiguo Reino de Valencia.
      • o Avenida de Cortes Valencianas.
      • o Avenida de Francia.
      • o Avenida de Jacinto Benavente.
      • o Avenida del Puerto.
      • o Paseo Marítimo.
      • o Avenida Aragón.
      • o Cualquier espacio ajardinado de la ciudad de Valencia.

ANEXO III. REQUISITOS, CONDICIONES Y NORMATIVA APLICABLE A EVENTOS EN DOMINIO PÚBLICO CON VENTA Y/O CONSUMO DE ALIMENTOS

  1. III.1. QUIOSCOS BAR Y VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN GENERAL.
    1. A) REQUISITOS Y CONDICIONES:
      1. 1) Deberá disponer de conexión a la red de aguas potables para cubrir las necesidades básicas y desagües.
      2. 2) Todo el personal deberá haber realizado cursos de formación en higiene alimentaria, circunstancia esta que deberá ser justificada documentalmente.
      3. 3) La procedencia de los alimentos deberá acreditarse mediante facturas o albaranes de empresa autorizada.
      4. 4) La zona de cocina y manipulación de alimentos:
        1. a) Deberá estar aislada del exterior para evitar posibles contaminaciones a través de insectos o partículas de polvo, y las aberturas al exterior habrán de contar con protección antiinsectos.
        2. b) Dispondrán de elementos frigoríficos dotados con lectura exterior de temperaturas.
        3. c) Los paramentos verticales, horizontales, techo y superficies de trabajo serán de material adecuado.
        4. d) Dispondrán de pila lavamanos dotada de agua potable fría y caliente, grifería de accionamiento no manual, toallas de un solo uso y jabón.
        5. e) Los puntos de iluminación artificial estarán protegidos con pantallas antirroturas.
        6. f) Dispondrán de equipo de limpieza mecánica de vajilla y utillaje.
      5. 5) En la zona de barra y sala de ventas, los alimentos expuestos deberán estar protegidos mediante vitrinas y, si el tipo de alimento lo requiere, estas serán frigoríficas, en cuyo caso dispondrán de lectura exterior de temperaturas.
    2. B) NORMATIVA TÉCNICO-SANITARIA APLICABLE:
      • Reglamento (CE) núm. 852/2004, de 29 abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
      • Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas.
      • Real Decreto 140/2003, de 7 febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
  2. III.2 PUESTOS DE VENTA DE MASAS FRITAS, CHURROS, BUÑUELOS, ETC.
    1. A) REQUISITOS Y CONDICIONES:
    2. 1) Deberá disponer de conexión a la red de aguas potables para cubrir las necesidades básicas y desagües.
    3. 2) Todo el personal deberá haber realizado cursos de formación en higiene alimentaria, circunstancia esta que deberá ser justificada documentalmente.
    4. 3) Deberá tenerse suscrito contrato con empresa autorizada para la recogida de aceites de fritura.
    5. 4) La zona de elaboración y manipulación de alimentos:
      1. a) Dispondrán de pila lavamanos, dotada de agua potable fría y caliente, grifería de accionamiento no manual, toallas de un solo uso y jabón.
      2. b) Las superficies de trabajo serán de material adecuado.
      3. c) Los puntos de iluminación artificial estarán protegidos con pantallas antirroturas.
      4. d) Los alimentos expuestos para la venta deberán estar protegidos mediante vitrinas.
      5. B) NORMATIVA TÉCNICO-SANITARIA APLICABLE:
        • Reglamento (CE) núm. 852/2004, de 29 abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
        • Real Decreto 140/2003, de 7 febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
  3. III.3 PUESTOS DE VENTA O DEGUSTACIÓN SIN MANIPULACIÓN:
    1. A) REQUISITOS Y CONDICIONES:
      1. 1) Deberá disponer de conexión a la red de aguas potables para cubrir las necesidades básicas y desagües.
      2. 2) Todo el personal deberá haber realizado cursos de formación en higiene alimentaria, circunstancia esta que deberá ser justificada documentalmente.
      3. 3) La procedencia de los alimentos expuestos para la degustación o venta deberá acreditarse mediante facturas o albaranes de empresa autorizada.
      4. 4) En el caso de que los alimentos deban ser conservados a temperatura de refrigeración o congelación, deberá contarse con elementos frigoríficos que dispongan de termómetros de lectura exterior.
      5. 5) Los alimentos expuestos para la degustación o venta deberán estar protegidos mediante vitrinas y, si el tipo de alimento lo requiere, estas serán frigoríficas, en cuyo caso dispondrán de lectura exterior de temperaturas.
      6. 6) Los puntos de iluminación artificial estarán protegidos con pantallas antirroturas.
      7. 7) Dispondrán de pila lavamanos dotada de agua potable fría y caliente, preferentemente con grifería de accionamiento no manual, y toallas de un solo uso y jabón.
      8. 8) Las superficies de trabajo serán de material adecuado.
    2. B) NORMATIVA TÉCNICO-SANITARIA APLICABLE:
      • Reglamento (CE) núm. 852/2004, de 29 abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
      • Real Decreto 140/2003, de 7 febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
  4. III.4 VENTA O DEGUSTACIÓN DE PRODUCTOS ENVASADOS:

    REQUISITOS Y CONDICIONES:

    1. 1) Todo el personal deberá haber realizado cursos de formación en higiene alimentaria, circunstancia esta que deberá ser justificada documentalmente.
    2. 2) La procedencia de los alimentos expuestos para la degustación o venta deberá acreditarse mediante facturas o albaranes de empresa autorizada.
    3. 3) Los alimentos expuestos para la degustación o venta deberán estar debidamente protegidos y, si el tipo de alimento lo requiere, mediante vitrinas frigoríficas.

ANEXO IV ACTIVIDADES ARTÍSTICAS EN DOMINIO PÚBLICO

  1. IV.1.- ZONAS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ARTÍSTICAS EN DOMINIO PÚBLICO REGULADAS EN EL CAPÍTULO QUINTO DEL TÍTULO QUINTO.
    • ZONA 1: CIUTAT VELLA: Se corresponde con el Distrito municipal de Ciutat Vella, que comprende los barrios de El Carme, La Seu, La Xerea, El Mercat, El Pilar y Sant Francesc; estando delimitado por las calles: El Justicia, Porta de la Mar, Colón, Játiva, Guillem de Castro, y la margen derecha del antiguo cauce del río Turia desde Guillem de Castro hasta la calle El Justicia.
    • ZONA 2: RESTO DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE VALENCIA: Comprenderá los Distritos de: Eixample, Extramurs, Campanar, La Saïdia, el Pla del Real, L’Olivereta, Patraix, Jesús, Quatre Carreres, Poblats Maritims, Camins al Grau, Algirós, Benimaclet, Rascaña, Benicalap, Poblados del Norte y Poblados del Oeste.
  2. IV.2.- PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS AUTORIZACIONES DE ACTIVIDADES ARTÍSTICAS EN DOMINIO PÚBLICO.
    1. 1.- Presentadas las solicitudes dentro de los plazos fijados en el artículo 145.3 de la presente ordenanza, acompañadas de la documentación prevista en el Anexo I.3.5, el servicio municipal encargado de la tramitación de las autorizaciones clasificará las solicitudes recibidas, incluyéndolas en la Zona solicitada como primera opción y dentro de ella en el Grupo y subgrupo que corresponda, de entre los que se señalan a continuación, en función de:
      1. a) La actividad artística a desarrollar.
      2. b) Haber acreditado o no experiencia, titulación o estudios directamente relacionados con la actividad que se pretenda realizar en el dominio público.

      ZONA 1. CIUTAT VELLA:

      • GRUPO 1.A: Dibujo, pintura o similares:

        - Subgrupo 1.A.1: Con acreditación de experiencia, titulación o estudios

        - Subgrupo 1.A.2: Sin acreditación de experiencia, titulación o estudios

      • GRUPO 1.B: Teatro, malabares, mimo o análogas:

        - Subgrupo 1.B.1: Con acreditación de experiencia, titulación o estudios

        - Subgrupo 1.B.2: Sin acreditación de experiencia, titulación o estudios

      • GRUPO 1.C: Actuaciones musicales y otras actividades con repercusión sonora:

        - Subgrupo 1.C.1: Con acreditación de experiencia, titulación o estudios

        - Subgrupo 1.C.2: Sin acreditación de experiencia, titulación o estudios

      ZONA 2. RESTO DEL TÉRMINO MUNICIPAL:

      • GRUPO 2.A: Dibujo, pintura o similares:

        - Subgrupo 2.A.1: Con acreditación de experiencia, titulación o estudios

        - Subgrupo 2.A.2: Sin acreditación de experiencia, titulación o estudios

      • GRUPO 2.B: Teatro, malabares, mimo o análogas:

        - Subgrupo 2.B.1: Con acreditación de experiencia, titulación o estudios

        - Subgrupo 2.B.2: Sin acreditación de experiencia, titulación o estudios

      • GRUPO 2.C: Actuaciones musicales y otras actividades con repercusión sonora:

        - Subgrupo 2.C.1: Con acreditación de experiencia, titulación o estudios

        - Subgrupo 2.C.2: Sin acreditación de experiencia, titulación o estudios

    2. 2.- Cuando el número de solicitudes de autorización para un trimestre en cada uno de los Grupos 1.A, 1.B, 1.C, 2.A, 2.B y 2.C no supere las 40, las autorizaciones se otorgarán directamente a los peticionarios de las mismas.
    3. 3.- Cuando el número de peticiones de autorización para un trimestre en cualquiera de los Grupos 1.A, 1.B, 1.C, 2.A, 2.B y 2.C supere las 40, se contabilizarán las solicitudes que correspondan a cada uno de los subgrupos de ese Grupo, procediéndose como sigue:
      1. a) Si en el subgrupo 1 (con acreditación) del Grupo correspondiente, el número de solicitudes supera las 40: Se otorgarán las 40 autorizaciones del Grupo mediante sorteo efectuado entre todas las peticiones de ese subgrupo 1.
      2. b) Si en el subgrupo 1 (con acreditación) del Grupo correspondiente, el número de solicitudes no supera las 40: Se otorgará directamente la autorización a todos los peticionarios de ese subgrupo 1, adjudicándose el resto de autorizaciones del Grupo, hasta alcanzar el máximo de 40, mediante sorteo entre los solicitantes del subgrupo 2 (sin acreditación).
    4. 4.- Los peticionarios que no obtengan autorización, tras la adjudicación en todas las Zonas y Grupos según las reglas anteriormente expuestas, podrán obtenerla en el Grupo equivalente de la Zona señalada como segunda opción en su solicitud, siempre que en el mismo no se haya alcanzado el límite máximo de autorizaciones. En tal caso, regirán las mismas reglas de preferencias y sorteos de los apartados anteriores si existiesen más peticionarios que autorizaciones pendientes de adjudicación.

Ocupación Dominio Público Valencia

Versión 2015